APROBACION DEL PROYECTO DE MODIFICACION DEL ESTATUTO DE LA "CAJA DE AUXILIO DE FUNCIONARIOS DEL SERVICIO MEDICO INTEGRAL (CAFUSMI)




Promulgación: 01/07/2019
Publicación: 09/07/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud de modificación del estatuto de la "CAJA DE AUXILIO DE FUNCIONARIOS DEL SERVICIO MEDICO INTEGRAL (CAFUSMI)";

   RESULTANDO: que la referida caja presentó de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 de la Ley N.° 18.731 de 7 de enero de 2011 y del Decreto N.° 221/011 de 27 de junio de 2011, los siguientes recaudos: a) proyecto de estatuto de "CAJA DE AUXILIO DE FUNCIONARIOS DEL SERVICIO MEDICO INTEGRAL (CAFUSMI)" adaptado a la nueva normativa, b) estudio técnico que demuestra la viabilidad financiera de la referida Caja de Auxilio, c) convenio colectivo de fecha 29 de junio de 2012 celebrado el Servicio Médico Integral (SMI) y la Agrupación de Funcionarios Unidos del Servicio Médico Integral (AFUSMI);

   CONSIDERANDO: I) que la Asesoría Letrada de la Dirección Nacional de Seguridad Social formuló observaciones, las que fueron subsanadas según informe letrado de fecha 15 de abril de 2019;

   II) que las actuaciones fueron remitidas al Ministerio de Economía y Finanzas con la finalidad de realizar el estudio de viabilidad financiera de conformidad con lo previsto en el artículo 31 del Decreto N.° 221/11 de 27 de junio de 2011;

   III) que realizado el estudio antes mencionado, los asesores del Ministerio de Economía y Finanzas concluyeron en informe final de fecha 25 de mayo de 2015 que: "...teniendo en cuenta las disponibilidades con las que cuenta la Caja, no habría objeciones para hacer respecto a la viabilidad futura de CAFUSMI";

   IV) que con posterioridad y de acuerdo a lo establecido en la Ley N.° 18.731 de 7 de enero de 2011 las actuaciones fueron remitidas al Banco de Previsión Social; éste formuló sendas observaciones que fueron subsanadas por parte de los representantes de la Caja de Auxilio que nos ocupa;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las previsiones de los artículos 17 y 23 de la Ley N.° 18.731 de 7 de enero de 2011, así como de los artículos 30 a 34 del Decreto N.° 221/011 de 27 de junio de 2011;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 RESUELVE

1

   APRUÉBASE el proyecto de modificación del estatuto de la "CAJA DE AUXILIO DE FUNCIONARIOS DEL SERVICIO MEDICO INTEGRAL (CAFUSMI)" el cual se adjunta como Anexo (*) a esta Resolución y que es parte integrante de la misma.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

   REGÍSTRESE ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y publíquese el nuevo estatuto y la presente Resolución en el Diario Oficial.

   TABARÉ VÁZQUEZ - ERNESTO MURRO
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