Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: El planteo realizado por la FABRICA NACIONAL DE ACUMULADORES
ELECTRICOS S.A.
Resultando: I) que la citada empresa, se vio obligada a enviar a parte
de su personal al Seguro por Desempleo.
Considerando: I) que se han dilatado los proyectos tendientes a la
reactivación del establecimiento industrial;
II) que resulta conveniente conceder una nueva extensión del amparo al
Seguro por Desempleo, a efectos de permitir a la empresa seguir
instrumentando las medidas para la reactivación de la firma a los efectos
de mantener la fuente de trabajo de los trabajadores de la misma.
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Artículo
10 del Decreto-Ley 15.180 del 20 de agosto de 1981,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Amplíase por el plazo de 60 (sesenta) días el amparo a los beneficios
que otorga el Banco de Previsión Social, por Seguro por Desempleo, a los
trabajadores de la empresa FABRICA NACIONAL DE ACUMULADORES ELECTRICOS
S.A. (FANAESA).