PRORROGA DE INTERVENCION ADMINISTRATIVA DE ASOCIACION CIVIL. COMITE PARALIMPICO URUGUAYO




Promulgación: 21/06/2016
Publicación: 13/07/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: La Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 10 de diciembre de 2015 (fs. 443 y 444), que dispuso la Intervención de la asociación civil "COMITÉ PARALIMPICO URUGUAYO", con sede en el Departamento de Montevideo, por un plazo de seis meses, designándose a esos efectos a la Doctora Margot ABRIL.

   RESULTANDO: I) Según consta en obrados la Interventora fue notificada de dicha resolución con fecha 21 de diciembre de 2015 (fs. 446).

   II) La Interventora presentó un informe indicando las principales actuaciones cumplidas y da cuenta del vencimiento de plazo sin que haya terminado de cumplir las tareas asignadas, especificando la labor futura a realizar y solicitando la ampliación del plazo de Intervención.

   CONSIDERANDO: Teniendo en cuenta las razones invocadas, es conveniente disponer la prórroga de la intervención de autos, por un plazo de hasta seis meses.

   ATENTO: A lo informado por la Dirección General de Registros, en aplicación de lo establecido en el Decreto - Ley N° 15.089 de 12 de diciembre de 1980 y en el numeral 1° apartado n) de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 798/968 de 6 de junio de 1968, reglamentaria del artículo 168 de la Constitución de la República, que permite delegar atribuciones,

                    LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
               en ejercicio de las atribuciones delegadas,

                                RESUELVE:

1

   PRORRÓGASE hasta por seis (6) meses el plazo de duración de la Intervención de la asociación civil "COMITÉ PARALIMPICO URUGUAYO", con sede en el departamento de Montevideo, con la finalidad de que la Intervención culmine las funciones encomendadas en la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 10 de diciembre de 2015.

2

   COMUNÍQUESE a las Fiscalías de Gobierno de 1er. y 2do. Turno y a la Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales.

3

   PASE a la Dirección General de Registros (Registro de Personas Jurídicas Sección Asociaciones Civiles y Fundaciones) para la notificación correspondiente y demás efectos.

   MARÍA JULIA MUÑOZ
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