ADJUDICACION PARA LA COMPRA DIRECTA POR EXCEPCION PARA LA ADQUISICION DEL PASAJE MONTEVIDEO-RIAD-MONTEVIDEO, DEL SR. MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES EMBAJADOR MARIO LUBETKIN, A LA EMPRESA VIACONT S.A., AL AMPARO DEL ART. 33, LIT. D, NRAL.12 DEL TOCAF




Promulgación: 05/11/2025
Publicación: 19/11/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la necesidad de adquirir un pasaje en clase ejecutiva para el viaje en Misión Oficial del Sr. Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador Mario Lubetkin, a la ciudad de Riad, Reino de Arabia Saudita;

   RESULTANDO: I) que se suscribió Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y el Reino de Arabia Saudita para la Promoción y Protección de Inversiones, resultando necesario participar en las reuniones que se mantendrán con el Ministro de Deportes del Reino de Arabia Saudita, Príncipe Abdulaziz bin Turki Al Faisal, el Ministro de Inversiones del Reino de Arabia Saudita, Ing. Khalid bin Abdulaziz Al-Falih, y con su par el Ministro de Relaciones Exteriores del Reino de Arabia Saudita, Príncipe Faisal bin Farhan bin Abdullah bin Faisal bin Farhan Al Saud, entre los días 27 de octubre y 01 de noviembre de 2025; 

   II) que debido a la cercanía de la fecha de inicio del viaje y la notoria escasez de lugares en clase ejecutiva en la fecha prevista, es necesario proceder a la compra del pasaje en forma inmediata; 

   CONSIDERANDO: I) que la empresa a la que se solicitó cotizar el itinerario y posteriormente la reserva de los lugares fue Viacont S.A. (Continental), agencia de turno que pudo realizar la reserva de conformidad con el itinerario final; 

   II) que el costo total del pasaje Montevideo-Riad-Montevideo es de USD 15.990,00 (dólares americanos quince mil novecientos noventa con 00/100), por lo que en atención a la cercanía del viaje y la notoria escasez en la oferta, corresponde realizar un procedimiento de Compra Directa por Excepción, al amparo del numeral 12 del literal D) del artículo 33 del TOCAF; 

   III) que existe disponibilidad de crédito para atender las erogaciones del costo del pasaje aéreo las que serán financiadas con cargo al ejercicio 2025, Financiación 11 Rentas Generales, Programa 480-Ejecución de la Política Exterior, Inciso 06, Ministerio de Relaciones Exteriores, Unidad Ejecutora 001, Objeto del Gasto 232; 

   IV) que las actuaciones cumplidas han sido intervenidas previamente por la Auditoría Destacada del Tribunal de Cuentas de la República, que con fecha 28 de octubre de 2025 observó el gasto sosteniendo que la causal de excepción en la que se funda la compra no es correcta, correspondiendo en cambio aplicar la excepción prevista en el numeral 10) del literal D) del artículo 33 del TOCAF; 

   V) que sin perjuicio de no compartir la observación formulada, corresponde señalar además que, de acuerdo con la Resolución N° 122/018 de fecha 5 de diciembre de 2018 del Consejo Directivo Honorario de la entonces Agencia de Compras y Contrataciones Estatales, a fin de aplicar la excepción del numeral 10° por razones de urgencia no previsibles, es necesario contar con una certificación o aval previo del Ministerio de Economía y Finanzas, certificación que ha de ser presentada con una anticipación no menor a los 3 días hábiles anteriores a la fecha proyectada para la realización de la contratación, siendo esto a la fecha, materialmente imposible;

   ATENTO: a lo anteriormente expuesto y a lo dispuesto por el Decreto Nro. 150/012 de fecha once de mayo de dos mil doce Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) y Resolución del Poder Ejecutivo Nro. 457/91 de fecha veintisiete de junio de mil novecientos noventa y uno; 

                   EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
                 (en ejercicio de atribuciones delegadas)

                                RESUELVE:

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   Adjudícase la compra directa por excepción para la adquisición del pasaje Montevideo-Riad-Montevideo, del Sr. Ministro de Relaciones Exteriores Embajador Mario Lubetkin, a la empresa VIACONT S.A. RUT 211818850017, al amparo del Artículo 33, Literal D, Numeral 12 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF).

   MARIO LUBETKIN
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