AUTORIZACION DE TRANSFERENCIA DE CUOTA SOCIAL. CX 242 CASINO FM




Promulgación: 01/06/2007
Publicación: 08/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1114
VISTO: las presentes actuaciones que tratan de la regularización de la titularidad de las cuotas sociales de CASINO FM LIMITADA que pertenecían al extinto Sr. Héctor Gaucher Kempcke; 

RESULTANDO: I) que de acuerdo a lo dispuesto por resolución del Poder Ejecutivo Nº 998/993 de 9 de noviembre de 1993 la sociedad permisionaria de la Difusora CX 242, CASINO FM, CASINO FM LIMITADA, estaba integrada por Héctor Gaucher, María de las Mercedes Caporale, Claudio Gaucher y Héctor A. Alcoba Marquizo; 

II) que con fecha 28 de junio de 2004, dicha sociedad permisionaria comunicó a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones el fallecimiento del Sr. Héctor Gaucher; 

III) que de acuerdo al Certificado de Resultancias de autos recaído en proceso sucesorio tramitado ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Tercer Turno de Paysandú, fueron declarados como únicos y universales herederos del Sr. Héctor Gaucher a sus hijos legítimos Enrique y Claudio Gaucher, sin perjuicio de los derechos de la cónyuge supérstite, Sra. Olga E. Pepe Paradiso;

IV) que por negocio jurídico de cesión de cuotas sociales de fecha 6 de febrero de 2006, el Sr. Enrique Gaucher cedió a su hermano Claudio Gaucher la totalidad de cuotas avas partes que hubo en la sucesión de su padre Héctor Gaucher; 

CONSIDERANDO: I) que como consecuencia del fallecimiento del Sr. Gaucher y de la cesión de derechos relacionados, la sociedad permisionaria ha quedado integrada de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula segunda del documento de Cesión, del siguiente modo: María de las Mercedes Caporale con 45 cuotas sociales, Claudio Gaucher con 25 cuotas, Héctor Alcoba Marquizo con 5 cuotas, y las 25 cuotas restantes correspondientes a la Sra. Olga Esther Pepe y Claudio Gaucher por mitades indivisas cada uno de ellos; 

II) que la Sra. Olga E. Pepe ha acreditado el cumplimiento de los requisitos personales exigido por el artículo 8 del Decreto Nº 734/978 de 20 de diciembre de 1978; 

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001, y por los Decretos Nº 734/978, de 20 de diciembre de 1978, Decreto Nº 347/992, de 21 de julio de 1992, Decreto Nº 9, de 16 de enero de 2006, Decreto Nº 155/005, de 9 de mayo de 2005, y a lo dictaminado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería; 


                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase la transferencia de las cuotas sociales de CASINO FM LIMITADA que pertenecían al Sr. Héctor Gaucher a favor de sus hijos legítimos Enrique y Claudio Gaucher, sin perjuicio de los derechos de la cónyuge supérstite, Sra. Olga E. Pepe Paradiso. 

2

 Aprobar la cesión de la totalidad de cuotas avas partes que hubo el Sr. Enrique Gaucher en la sucesión de su padre Héctor Gaucher, a favor de su hermano Claudio Gaucher.

3

 Establecer que la Sociedad CASINO FM LIMITADA, quedará integrada del siguiente modo: María de las Mercedes Caporale con 45 cuotas sociales, Claudio Gaucher con 37,5 cuotas, Héctor Alcoba Marquizo con 5 cuotas, y la Sra. Olga Esther Pepe con 12,5 cuotas.

4

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones para su notificación y demás efectos. Cumplido archívese.-
 

TABARE VAZQUEZ - JORGE LEPRA
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