DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. TOLEDO. CANELONES




Promulgación: 08/05/2006
Publicación: 15/05/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 880
VISTO: La gestión de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación
para que sea declarado monumento histórico el inmueble y las
manifestaciones artísticas que éste contiene, donde actualmente cumple
sus actividades la Escuela Militar perteneciente al Ministerio de Defensa
Nacional, sito en la Ruta 6 Km. 22.200, Padrón Rural Nº 17.924, de la
localidad de Toledo, Departamento de Canelones.

RESULTANDO: I) El edificio fue construido entre los años 1954 y 1958 por
el arquitecto Mario Payseé Reyes, considerado "uno de los más
significativos arquitectos del Río de la Plata en la segunda mitad del
siglo XX", por encargo de la Iglesia Católica, Arquidiócesis de
Montevideo, para ser afectado al Seminario Arquidiocesano de la ciudad de
Toledo, Departamento de Canelones.

II) La obra del arquitecto Payseé se adscribe por entero a los conceptos
de la arquitectura moderna conjugando las ideas de las vanguardias y de
los grandes exponentes de la arquitectura internacional con una visión
crítica y reflexiva que dotó a su producción de un especial diálogo entre
lo universal y lo local, lo general y lo particular.

III) En la obra Seminario de Toledo se utiliza el ladrillo, principal
elemento de nuestra práctica constructiva tradicional, como recurso
formal, mientras se aprovechan sus cualidades, en particular su color y
textura, para generar superficies de gran calidad plástica como son los
murales exteriores, las fachadas y los murales del Taller Torres García
al interior de la capilla, las cuales unifican y cualifican el conjunto.

CONSIDERANDO: I) La Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación
entiende que el edificio en el que la Escuela Militar desarrolla sus
actividades, es un claro ejemplo conceptual de integración del hecho
arquitectónico y de las artes plásticas, conforme lo definiera y
trabajara el arquitecto Payseé Reyes, materializándose la idea por un
lado, en los murales de ladrillo diseñados por el propio arquitecto para
la fachada de la capilla, campanario y fuentes, y por otro, los diseños
del Taller Torres García para los murales al interior de la capilla y los
vitrales, pese a no haber sido ejecutados estos últimos.

II) El Poder Ejecutivo animado de propósito de preservar los bienes
representativos de producciones arquitectónicas y artísticas de
relevancia accederá a lo solicitado, declarando monumento histórico el
inmueble y las expresiones plásticas que el contiene.

ATENTO: A lo expuesto, a lo informado por la Comisión del Patrimonio
Cultural de la Nación, a lo dispuesto en la Ley 14.040 del 20 de octubre
de 1971 y el Decreto Reglamentario del 1º de agosto de 1972.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 DECLARASE monumento histórico el inmueble sito en Ruta 6, Km. 22.200,
Padrón Rural Nº 17.924, localidad de Toledo, Departamento de Canelones,
donde cumple sus actividades la Escuela Militar.

2

 EL INMUEBLE así como las producciones artísticas -murales- realizadas
por el arquitecto Payseé Reyes con sus colaboradores y por integrantes
del Taller Torres García, forman una unidad, por lo que quedan afectados
por las servidumbres previstas en el artículo 8º de la Ley 14.040.

3

 NOTIFIQUESE al Ministerio de Educación y Cultura, al Ministerio de
Defensa Nacional, a la Dirección de la Escuela Militar, al Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, a la Intendencia Municipal de Canelones y a
la Junta Departamental de Canelones.

4

 PASE a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación para su registro
y posterior archivo.

TABARE VAZQUEZ - JORGE BROVETTO
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