AUTORIZACION DE LA TRANSFERENCIA DE LAS ACCIONES DE TELESISTEMAS URUGUAYOS S.A




Promulgación: 09/07/2018
Publicación: 19/07/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: La gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones referente a las transferencias de acciones de Telesistemas Uruguayos S.R.L (actualmente Telesistemas Uruguayos S.A.).

   RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 1001/991 de fecha 10 de diciembre de 1991, se autorizó al señor Matías Scherschener la cesión de cuota social a los restantes integrantes de Telesistemas S.R.L., quedando integrada por los señores Jorge De Feo Giossia, María Celia Fontaina Minelli y Pablo Fontaina Minelli.

   II) que el 31 de diciembre de 2010 se transformó la sociedad "Telesistemas Uruguayos SRL" en "Telesistemas Uruguayos S.A";

   III) que, por Resolución del Poder Ejecutivo N° 669/013 de fecha 25 de octubre de 2013 se autorizó a Telesistemas Uruguayos S.A. a prestar servicio de radiodifusión de televisión digital terrestre en la localidad de Cerro Pan de Azúcar, departamento de Maldonado y en la ciudad de Rocha, departamento de Rocha.

   CONSIDERANDO: I) que surge de la documentación aportada en obrados, diversas cesiones de acciones de la sociedad permisionaria, realizadas sin contar con la debida autorización del Poder Ejecutivo;

   II) que habiéndose configurado la responsabilidad de TELESISTEMAS S.A. por las diversos modificaciones operadas en el capital accionario sin aprobación de la Administración e incumplimiento del plazo dispuesto por el decreto 186/012 de 6 de junio de 2012, se sugirió la aplicación de una sanción de multa;

   III) que se otorgó a la parte la correspondiente vista, otorgado al administrado todas las garantías del debido procedimiento administrativo;

   IV) que se dio cumplimiento, por parte de los cesionarios, a los requisitos establecidos por la ley 19.307 de 29 de diciembre de 2014;

   V) que de acuerdo a los diversos negocios jurídicos realizados y a la certificación notarial agregada a fs. 63 y 64, la sociedad quedó integrada por David Daniel Bobre Komin 32.03%, Francis Cecilia Bobre Komin 29.22%, Sergio Andrés Bobre Komin 28,75% y Daniel Szymberg Wolfson 10%;

   VI) que se ha acreditado estar al día con las obligaciones tributarias ante la Dirección General Impositiva y el Banco de Previsión Social, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N° 347/992 de 21 de julio de 1992.

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente, Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, la Ley 19.307 de fecha 29 de diciembre de 2014, los Decretos 353/006 de 2 de octubre de 2006, 347/992 de 21 de julio de 1992, 155/005 de 9 de mayo de 2005, 186/012 de 6 de junio de 2012 y 45/015 de 2 febrero de 2015, lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, por la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minaría.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase a modo de regularización las transferencias de titularidad de las acciones de TELESISTEMAS URUGUAYOS S.A.", permisionaria de los servicios de comunicación audiovisual que operan en los canales TVA CXB-7 de la ciudad de Pan de Azúcar del Departamento de Maldonado y CXB-9 de la ciudad de Rocha Departamento de Rocha y de los canales 24 CXB-24 de la ciudad de Pan de Azúcar del Departamento de Maldonado y 35 CXB-35 de la ciudad de Rocha del departamento de Rocha, para el Servicio de Televisión Digital Terrestre; quedando la sociedad integrada de la siguiente forma: David Daniel Sobre Komin 32.03%, Francis Cecilia Bobre Komin 29,22%, Sergio Andrés Bobre Komin 28.75% y Daniel Szymberg Wolfson 10%. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 159/019 de 25/03/2019 numeral 1.

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 336/018 de 09/07/2018 numeral 1.

2

   Impóngase a "TELESISTEMAS URUGUAYOS S.A.", una sanción de multa de 150 UR (Ciento cincuenta Unidades Reajustables).

3

   Comuníquese, publíquese y pase a Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.

TABARÉ VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE
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