TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD Y TRANSFORMACION SOCIAL DE LA EMPRESA CORPORACION OMNIBUS DE ARTIGAS S.R.L




Promulgación: 23/06/2014
Publicación: 01/07/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 1320
VISTO: la gestión promovida por la empresa Corporación Ómnibus de Artigas
S.R.L., solicitando se le autorice el cambio de titularidad de
participaciones sociales, como también se autorice su transformación
social.

RESULTANDO: I) Que por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 27 de junio
de 1974 se confirmó a la empresa LAGRECA Y LAGRECA S.C.- CORPORACION DE
ÓMNIBUS DE ARTIGAS-COA, para explotar los servicios de transporte
colectivo interdepartamental de pasajeros por carretera, en la línea
regular regional, entre las ciudades de Salto y Artigas, por Rutas
Nacionales Nos. 4 y 31.

II) Que por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 12 de diciembre de
2012 se autorizó la transferencia de la titularidad de participaciones
sociales de la referida firma, quedando constituida la misma, por la
Señora María Catalina Vejo Montero y el Señor Roberto Hugo Pedemonte
Martínez, correspondiéndole el cincuenta por ciento de las partes sociales
a cada uno, de acuerdo con la documentación notarial presentada.

III) Que la mencionada empresa comunicó en tiempo y forma, mediante
declaración jurada de precepto, que con fecha 18 de agosto de 2013 por
asamblea de socios se transformó la sociedad, pasando de sociedad
colectiva a sociedad de responsabilidad limitada, así como también se
procedió a efectuar una cesión de la totalidad de las cuotas que
correspondían al Señor Roberto Hugo Pedemonte Martínez en favor del Señor
Franco Vejo Montero.
Que la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas no formula objeciones a lo solicitado.
Que la División Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) de la
referida Secretaría de Estado informa que, no tiene observaciones
jurídicas que formular, en tanto la cuestión de marras se inscribe en lo
dispuesto en los artículos 9.1 y 9.2 del Reglamento para la Explotación de
Servicios Regulares de Transporte de Personas por Carretera establecido en
el Decreto N° 285/006 de fecha 22 de agosto de 2006.

CONSIDERANDO: los informes precedentes, resulta conveniente acceder a lo
solicitado.

ATENTO: a lo dispuesto en los artículos 9.1 y 9.2 del Reglamento para la
Explotación de Servicios Regulares de Transporte de Personas por
Carretera, aprobado por el Decreto N° 285/006 de 22 de agosto de 2006.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorizase el cambio de titularidad de la participación social del
cincuenta por ciento que correspondía al Señor Roberto Hugo Pedemonte
Martínez en favor del Señor Franco Vejo Montero, quedando la sociedad
constituida por la Señora María Catalina Vejo Montero y por el Señor
Franco Vejo Montero con una participación del cincuenta por ciento cada
uno.

2

 Autorizase su transformación social pasando la empresa a denominarse
CORPORACION OMNIBUS DE ARTIGAS S.R.L., firma que explota los servicios de
transporte colectivo interdepartamental de pasajeros por carretera, en la
línea regular regional, entre las ciudades de Salto y Artigas, por Rutas
Nacionales Nos. 4 y 31.

3

 Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte a
sus efectos.

JOSÉ MUJICA - ENRIQUE PINTADO
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