FIJACION DE LA TASA POR LEGALIZACION DE DOCUMENTOS. ENERO 2020




Promulgación: 23/01/2020
Publicación: 06/02/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: la necesidad de actualizar el monto de la Tasa por Legalización de Documentos creada por el artículo 21 del Decreto-Ley N° 14.755 de 5 de enero de 1978;

   RESULTANDO: que por la Resolución dictada por el Ministerio de Educación y Cultura en ejercicio de las atribuciones delegadas N° 1120/019 de 31 de octubre de 2019, se fijó el monto actualizado de la referida Tasa por Legalización de Documentos en $ 180 (pesos uruguayos ciento ochenta);

   CONSIDERANDO: I) que por el artículo 332 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990, se facultó al Poder Ejecutivo a actualizar dicho monto según la variación del Índice General de Precios al Consumo;

   II) que corresponde proceder a la actualización señalada en el VISTO, en base al cálculo efectuado por la División Financiero Contable de la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Educación y Cultura;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 21 del Decreto-Ley N° 14.755 de 5 de enero de 1978, el artículo 332 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990; la Resolución del Poder Ejecutivo N° 446/003 de 24 de marzo de 2003 y por el literal k) del numeral 1 de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 966/991 de 4 de diciembre de 1991; 

                    LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
               -en ejercicio de las atribuciones delegadas-

                                RESUELVE:

1

   Fíjase en la suma de $ 183 (pesos uruguayos ciento ochenta y tres) el monto de la Tasa por Legalización de Documentos creada por el articulo 21 del Decreto-Ley N° 14.755 de 5 de enero de 1978, que regirá a partir de la aprobación de la presente Resolución.

   MARÍA JULIA MUÑOZ
Ayuda