MODIFICACIONES AL PROYECTO DEL CONTRATO DE PRESTAMO A CELEBRARSE ENTRE LA CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF) Y LA REPBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (ROU), DESTINADO AL FINANCIAMIENTO DEL "PROGRAMA SECTORIAL PARA APOYO A LA IMPLEMENTACION DE HERRAMIENTAS DE PROTECCION SOCIAL ENFOCADAS EN EDUCACION, PRIMERA INFANCIA Y SALUD"
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 29 de abril de 2024 modificada por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 29 de abril de 2025;
RESULTANDO: I) que, por Resolución del Poder Ejecutivo de 29 de abril de 2024, se aprobó el proyecto de Contrato de Préstamo, a celebrarse entre la Corporación Andina de Fomento (CAF) y la República Oriental del Uruguay (ROU), destinado al financiamiento del "Programa Sectorial para Apoyo a la Implementación de Herramientas de Protección Social Enfocadas en Educación, Primera Infancia y Salud"; por un monto de hasta U$S 300:000.000 (dólares estadounidenses trecientos millones) con un plazo de amortización de 9 (nueve) años, un período de gracia de 36 (treinta y seis) meses y con una tasa de interés variable;
II) que, con fecha 1° de marzo de 2025, se designaron nuevas autoridades en el Ministerio de Economía y Finanzas, y por Resolución del Poder Ejecutivo de 29 de abril de 2025, se dispuso que el Sr. Ministro de Economía y Finanzas, Gabriel Oddone y el Sr. Subsecretario de Economía y Finanzas, Martín Vallcorba, indistintamente, suscribieran en nombre y representación de la República, la documentación que corresponda a efectos del otorgamiento del referido contrato, así como se designaron nuevos profesionales autorizados a expedir por la República los dictámenes jurídicos correspondientes;
CONSIDERANDO: I) que a nivel técnico se han acordado algunas modificaciones al proyecto de Contrato de Préstamo referido en el Resultando I) de la presente Resolución y sus Anexos, en lo relacionado a cláusulas de tasas de interés, fondo compensatorio aplicable e indicadores de metas;
II) que se estima conveniente aprobar las referidas modificaciones al texto del proyecto de Contrato de Préstamo y sus Anexos;
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 145 de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986, y el artículo 33 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Apruébanse las modificaciones al proyecto de Contrato de Préstamo, a celebrarse entre la Corporación Andina de Fomento (CAF) y la República Oriental del Uruguay (ROU), destinado al financiamiento del "Programa Sectorial para el Apoyo a la Implementación de Herramientas de Protección Social Enfocadas en Educación, Primera Infancia y Salud", de conformidad con el texto y Anexos (*) que constituyen parte integrante de la presente Resolución.
Publíquese. Pase a la División de Relacionamiento con Organismos Multilaterales del Ministerio de Economía y Finanzas a los efectos de la correspondiente comunicación. Cumplido, archívese.