HOMOLOGACION DE LAS BASES DEL GRAN PREMIO NACIONAL A LA LABOR INTELECTUAL DE LOS PREMIOS NACIONALES DE LITERATURA EDICION 2019




Promulgación: 06/06/2019
Publicación: 18/06/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: lo dispuesto por la Ley N° 19.252 de 28 de agosto de 2014, por la que se crean los Premios a la Labor Literaria e intelectual de los ciudadanos uruguayos naturales y legales;

   RESULTANDO: I) que conforme a lo establecido en la referida Ley, corresponde realizar la convocatoria a interesados en participar en los Premios Nacionales de Literatura Edición 2019; en el Premio a la primera obra édita de un autor "Ópera Prima" y al Premio Ensayo sobre Investigación y Difusión Científica;

   II) que el monto total de los Premios asciende a la suma de hasta $ 1.974.000 (pesos uruguayos un millón novecientos setenta y cuatro mil) de acuerdo al siguiente detalle: a) Premios Nacionales de Literatura Edición 2019, total: $ 1.664.000 (pesos uruguayos un millón seiscientos sesenta y cuatro mil); b) Premio Ópera Prima $ 200.000 (pesos uruguayos doscientos mil); c) Premio Ensayo sobre Investigación y Difusión Científica: $ 110.000 ( pesos uruguayos ciento diez mil), según surge a fojas 1 de las presentes actuaciones administrativas; 

   III) que Financiero Contable de la Dirección Nacional de Cultura informa que existe disponibilidad de crédito, según surge a fojas 4 de los presentes obrados;

   CONSIDERANDO: I) que a tales efectos, corresponde homologar las Bases rectoras de los concursos;

   II) que resulta procedente determinar los montos de los premios correspondientes; 

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en la Ley N° 19.252 de 28 de agosto de 2014; a la Resolución del Poder Ejecutivo N° 409/006 de 1 de junio de 2006 y a lo informado por Financiero Contable de la Dirección Nacional de Cultura;

                  LA MINISTRA (I) DE EDUCACIÓN Y CULTURA
              - en ejercicio de las atribuciones delegadas -

                                RESUELVE:

1

   Homológanse las Bases de los Premios Nacionales de Literatura - Edición 2019, de los Premios a la Primera obra edita de un autor - Premio "Ópera Prima" y a los Premios Ensayo sobre Investigación y Difusión Científica que se anexan (*) y forman parte de la presente Resolución.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

   Establécese el monto estimado para premios a la labor literaria en la suma de $ 1.974.000 (pesos uruguayos un millón novecientos setenta y cuatro mil). 

3

   Fíjanse los premios de la siguiente manera:
   A) Premios Nacionales de Literatura:
   - $ 60.000.- (pesos uruguayos sesenta mil) a cada uno de los premios nacionales las obras éditas en: a) Poesía, b) Narrativa, c) Literatura infantil y juvenil d) Dramaturgia e) Ensayos literarios, f) Ensayos sobre Historia, Memorias, Testimonios y Biografías, g) Ensayos de Filosofía, h) Ensayos de Lingüística, i) Ensayos de Ciencias de la Educación, j) Ensayos sobre Arte y Música, k) Obras sobre Ciencias Sociales, I) Obras sobre Ciencias Jurídicas.
   - $ 25.000.- (pesos uruguayos veinticinco mil) a cada uno de los segundos premios de obras éditas en: 1) Poesía, 2) Narrativa, 3) Literatura infantil y juvenil, 4) Dramaturgia.
   - $ 18.000.- (pesos uruguayos dieciocho mil) a un tercer premio de obras éditas en 1) Poesía, 2) Narrativa, 3) Literatura infantil y juvenil y 4) Dramaturgia.
   - $ 35.000.- (pesos uruguayos treinta y cinco mil) y $ 15.000 (pesos uruguayos quince mil) destinado a facilitar la edición de la obra, a cada uno de las obras inéditas en: 1) Poesía, 2) Narrativa, 3) Literatura infantil y juvenil 4) Dramaturgia 5) Ensayos literarios, 6) Ensayos sobre Historia, Memorias, Testimonios y Biografías, 7) Ensayos de Filosofía, 8) Ensayos de Lingüística, 9) Ensayos de Ciencias de la Educación, 10) Ensayos sobre Arte y Música, 11) Obras sobre Ciencias Sociales 12) Obras sobre Ciencias Jurídicas.
   - $ 25.000.- (pesos uruguayos veinticinco mil) a cada uno de los segundos premios de obras inéditas en: 1) Poesía, 2) Narrativa, 3) Literatura infantil y juvenil, 4) Dramaturgia.
   - $ 18.000.- (pesos uruguayos dieciocho mil) a un tercer premio en obras inéditas 1) Poesía, 2) Narrativa, 3) Literatura infantil y juvenil y 4) Dramaturgia. 
   B) Premios a la Primera Obra Édita de un autor "Ópera Prima".
   - $ 50.000.- (pesos uruguayos cincuenta mil) en las categorías: 1) Poesía, 2) Narrativa, 3) Literatura infantil y juvenil y 4) Dramaturgia.
   C) Ensayo sobre Investigación y Difusión Científica.-
   - $ 60.000.- (pesos uruguayos sesenta mil) - categoría édita. 
   - $ 35.000 (pesos uruguayos treinta y cinco mil) y $ 15.000 (pesos uruguayos quince mil) destinado a facilitar la publicación de la obra a la categoría inédita. 

4

   La presente Resolución se adopta ad - referéndum de la intervención preventiva del Tribunal de Cuentas.

5

   Establécese que la erogación resultante será atendida con cargo al Objeto del Gasto 579 Programa 281, Proyecto 000 de la Unidad Ejecutora 003 "Dirección Nacional de Cultura", del inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura".

6

   Comuníquese al Tribunal de Cuentas.

7

   Pase a la Dirección Nacional de Cultura del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura" a sus efectos.

   EDITH MORAES
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