MODIFICACION DE DELIMITACION JURISDICCIONAL DE LOS CONSULADOS DE DISTRITO
DE URUGUAY EN LAS CIUDADES DE LA PAZ Y SANTA CRUZ DE LA SIERRA. REPUBLICA
DE BOLIVIA
Visto: las necesidades del servicio.
Considerando: que el Gobierno de la República de Bolivia ha acordado la
anuencia necesaria para la modificación jurisdiccional propuesta, según lo
preceptuado por el artículo 42 de la Convención de Viena sobre Relaciones
Consulares de fecha 24 de abril de 1963.
Atento: a lo informado por el Departamento de Administración Consular
de la Dirección de Asuntos Consulares de este Ministerio,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Modifícanse las actuales jurisdicciones de las Oficinas Consulares de
la República de Bolivia de la siguiente forma:
A) El Consulado de Distrito de la República en la ciudad de La Paz
tendrá jurisdicción sobre los departamentos de La Paz, Pando,
Cochabamba, Oruro y Beni.
B) El Consulado de Distrito de la República en la ciudad de Santa
Cruz de la Sierra tendrá jurisdicción sobre los departamentos
de Santa Cruz, Potosí, Chuquisaca y Tarija.