APROBACION DE RESOLUCION DE AVIACION CIVIL 248/2010




Promulgación: 27/06/2011
Publicación: 13/07/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 1384
VISTO: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea -
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica para
que se apruebe la Resolución de dicha Dirección Nacional 248/2010 de 19 de
mayo de 2010.

RESULTANDO: I) que por la mencionada Resolución se autorizó
provisoriamente a la Empresa LOS CIPRESES S.A. BQB Líneas Aéreas, a operar
servicios de transporte aéreo público internacional regular de pasajeros,
correo y carga, en las rutas Punta del Este - Rosario - Punta del Este;
Punta del Este - Córdoba - Punta del Este; Punta del Este - Mendoza -
Punta del Este; Punta del Este - Mar del Plata - Punta del Este y Punta
del Este - Asunción - Punta del Este, con hasta (14) catorce frecuencias
semanales y en las rutas Montevideo - Rosario - Montevideo, con hasta (5)
cinco frecuencias semanales; Punta del Este - Florianópolis - Punta del
Este, con hasta (14) catorce frecuencias semanales; Montevideo -
Florianópolis - Montevideo, con hasta (14) catorce frecuencias semanales y
Salto - Buenos Aires - Salto, con hasta (14) catorce frecuencias
semanales. La modalidad operativa de los servicios en las rutas Montevideo
- Rosario - Montevideo; Punta del Este - Florianópolis - Punta del Este y
Salto - Buenos Aires - Salto, se enmarcan como vuelos exploratorios al
amparo de lo establecido en el Acuerdo de Servicios Aéreos Subregionales y
los servicios a autorizar en la ruta Montevideo - Florianópolis -
Montevideo, se conceden al amparo de lo establecido en el Acuerdo
Bilateral de Transporte Aéreo que vincula a nuestro País con la República
Federativa del Brasil.

CONSIDERANDO: I) que la Empresa solicitante ha dado cumplimiento a los
requisitos previstos en el Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977.

II) que la Resolución a aprobar fue dictada al amparo de lo dispuesto por
el artículo 15 bis del Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por el Comando
General de la Fuerza Aérea, con el asesoramiento de la Junta Nacional de
Aeronáutica Civil y por el Departamento Jurídico-Notarial, Sección
Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Aprobar la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica 248/2010 de 19 de mayo de 2010, dictada en los
términos del artículo 15 bis del Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977,
por la cual se autorizó provisoriamente a la empresa LOS CIPRESES S.A. BQB
Líneas Aéreas, a operar servicios de transporte aéreo público
internacional regular de pasajeros, correo y carga, en las rutas Punta del
Este - Rosario - Punta del Este; Punta del Este - Córdoba - Punta del
Este; Punta del Este - Mendoza - Punta del Este; Punta del Este - Mar del
Plata - Punta del Este y Punta del Este - Asunción - Punta del Este, con
hasta (14) catorce frecuencias semanales y en las rutas Montevideo -
Rosario - Montevideo, con hasta (5) cinco frecuencias semanales; Punta del
Este - Florianópolis - Punta del Este, con hasta (14) catorce frecuencias
semanales; Montevideo - Florianópolis - Montevideo, con hasta (14) catorce
frecuencias semanales y Salto - Buenos Aires - Salto, con hasta (14)
catorce frecuencias semanales. La modalidad operativa de los servicios en
las rutas Montevideo - Rosario - Montevideo; Punta del Este -
Florianópolis - Punta del Este y Salto - Buenos Aires -Salto, se enmarcan
como vuelos exploratorios al amparo de lo establecido en el Acuerdo de
Servicios Aéreos Subregionales y los servicios a autorizar en la ruta
Montevideo - Florianópolis - Montevideo, se conceden al amparo de lo
establecido en el Acuerdo Bilateral de Transporte Aéreo que vincula a
nuestro País con la República Federativa del Brasil. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

 Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea -
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica a sus
efectos. Cumplido, vuelva y archívese.

JOSÉ MUJICA - LUIS ROSADILLA - PEDRO BUONOMO - ENRIQUE PINTADO

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