FIJACION DE REGIMEN ESPECIAL DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO PARA LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIAL DEL GAS




Promulgación: 10/11/2023
Publicación: 23/11/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   El monto del subsidio para quienes se hallaren en situación de cede por despido, se calculará de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 7.2 del Decreto Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1° de la Ley N° 18.399, de 24 de octubre de 2008 y disposiciones concordantes, y quienes se hallaren en situación de reducción derivada del despido se calculará de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 7.3 del Decreto-Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1° de la Ley N° 18.399, de 24 de octubre de 2008 y disposiciones concordantes.
   En todo lo que no esté específicamente regulado en la presente resolución, será de aplicación lo dispuesto por el decreto-Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981 y modificativas, y el Decreto N° 162/009, de 30 de marzo de 2009.
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