FIJACION DE LAS TARIFAS POR PUBLICACIONES Y SERVICIOS DE IMPO. ABRIL 1997




Promulgación: 21/03/1997
Publicación: 31/03/1997
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 602
   Visto: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Impresiones y
Publicaciones Oficiales, solicitando la aprobación de las tarifas del
costo de página y publicación del Diario Oficial.

   Resultando: I) que las tarifas de costo de página y publicación deben
ser actualizadas.

   II) que la Dirección Nacional de IMPO, propone ajustar las tarifas de
costo de página y publicación, a regir desde el 1º de abril de 1997.

   III) que no existen objeciones contables que se opongan a lo
solicitado.

   Considerando: que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 16.736 de fecha
1º de enero de 1996, en su art. 341, art. 4º Literal C, corresponde al
Director Nacional proponer para su aprobación las tarifas de sus
servicios.

   Atento: a lo expuesto precedentemente, y a la Resolución del Poder
Ejecutivo Nº 966/91 artículo 1º, incisos f) y h) y a las atribuciones
delegadas establecidas en el título VII de la Resolución 13/93.

   El Ministro de Educación y Cultura, en ejercicio de las atribuciones
delegadas.

                                RESUELVE:

1

   Fíjanse los siguientes precios para el pago de los trabajos de
impresión por páginas del Diario Oficial, por parte de la Dirección
Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales, los que regirán a
partir del 1º de abril de 1997.
  Costo de página: $ 467 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y
siete).
Referencias al numeral

2

   Fíjanse las siguientes tarifas para la publicación de Avisos, Edictos
Judiciales, Pago de Suscripciones, Precio de Venta de Ejemplares, etc. 
que realice la Dirección del Diario Oficial a partir del día siguiente de
la publicación de la presente Resolución y hasta la fijación de nuevas
tarifas.
 -Avisos Judiciales por publicación
 (el centímetro-veinte palabras)         $  17.
 -Avisos Estatales y Particulares
 (el centímetro-veinte palabras)         $  40.
 -Balances, por cada línea medida
 14 cíceros o equivalentes               $  28.
 -Estatutos y Reformas de Sociedades
 Anónimas y Sociedades de Resp. Ltda.
 el centímetro                           $ 234.
 -Edictos Matrimoniales                  $ 120.

PUBLICACIONES BONIFICADAS
 -Estatutos de Cooperativas: 50% sobre tarifas de Sociedades Anónimas.
 -Propiedad Literaria y Artística: 50%
 sobre tarifa de Avisos Particulares.
 -Patentes de Invención: 25% sobre tarifas de avisos Particulares.

PUBLICACIONES GRATUITAS
 -Pérdidas de Patria Potestad: Ley Nº 13.209, Art. 2º.
 -Bien de Familia: Ley Nº 15.597, Art. 16.
 -Rectificación de Partidas: Ley Nº 16.170, Art. 340.

SUSCRIPCIONES Y EJEMPLARES
 -Retirando los ejemplares en IMPO o
 Agencia, cuatrimestral              $ 1.326.
 -Reparto al Interior, cuatrimestral $ 1.497.
 -Exterior por Correo, cuatrimestral $ 3.273.

EJEMPLARES
 -Del día                  $ 17.
 -Atrasados                $ 24.
 -Atrasados más de 15 días $ 28.
 -Atrasados más de 1 año   $ 55.
 -Fotocopias, la página    $ 12.
Referencias al numeral

3

   Comuníquese a la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones
Oficiales, publíquese y pase a la Contaduría Central del Ministerio de
Educación y Cultura para su conocimiento. Cumplido, archívese.

SAMUEL LICHTENSZTEJN
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