CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS. COMISIONES DE ENLACE CON LOS PROGRAMAS DE LA ORGANIZACION DE ESTADOS AMERICANOS EN EL CAMPO DE LA EDUCACION Y CULTURA




Promulgación: 01/03/1977
Publicación: 08/03/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 368
  Visto: la resolución del Poder Ejecutivo 1.931/975 de 17 de noviembre de
1975.

  Resultando: I) Que por la mencionada resolución, se ampliaron los
cometidos asignados al Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y
Técnicas, encomendándosele que actuara como enlace con los programas de la
Organización de Estados Americanos en los campos de la Educación y la
Cultura, la Ciencia y la Tecnología;

II) Que con posterioridad a la precitada resolución el Ministerio de
Educación y Cultura proveyó las Direcciones de Educación y Cultura que se
hallaban vacantes.

  Considerando: I) Que el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas
y Técnicas ha venido cumpliendo a satisfacción hasta el momento la tarea
que le fuera encomendada, aún cuando excedía el campo específico de su
responsabilidad en los casos de la Educación y de la Cultura;

II) Que resulta ahora conveniente que las tareas relativas a los Programas
de Educación y de Cultura vuelvan a sus ámbitos naturales;

III) Que para ello, se hace necesario modificar la mencionada resolución
en el sentido de constituir comisiones que asuman la actividad de enlace
con los programas de la Organización de Estados Americanos en la esfera de
la Educación y de la Cultura, manteniéndose las funciones del Consejo
Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas en el campo que le
corresponde de la Ciencia y de la Tecnología.

  Atento: a lo precedentemente expuesto,

                    El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

 (*)

(*)Notas:
Este numeral dio nueva redacción a: Resolución Nº 1.931/975 de 17/11/1975 
numeral 4.

2

 (*)

(*)Notas:
Este numeral dio nueva redacción a: Resolución Nº 1.931/975 de 17/11/1975 
numeral 5.

3

En un plazo no mayor de sesenta días a partir de esta resolución, la
Comisión de Educación, la Comisión de Cultura y el Consejo Nacional de
Investigaciones Científicas y Técnicas presentarán de común acuerdo, al
señor Ministro de Educación y Cultura el reglamento que regule el
funcionamiento de sus actividades como órganos de enlace.

4

Déjase sin efecto el numeral 2º de la resolución 1.931/975 de 17 de
noviembre de 1975.

5

Comuníquese a las Instituciones y Organismos involucrados, a la Oficina
del Representante Residente de la Organización de Estados Americanos en el
Uruguay, al Ministerio de Relaciones Exteriores y a la Secretaría de
Planificación, Coordinación y Difusión.

APARICIO MENDEZ - DANIEL DARRACQ - ALEJANDRO ROVIRA
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