APERTURA DE CONSULADO GENERAL DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY. CORDOBA. REPUBLICA ARGENTINA




Promulgación: 04/03/1986
Publicación: 20/05/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 614
  Visto: que el plan de reestructuración de los servicios consulares de la
República en la República Argentina prevé la institución de un Consulado
General con sede en la ciudad de Córdoba y circunscripción sobre los
consulados de distrito-jurisdiccional, existentes o a crearse, en la
región norte de dicho país.

  Resultando: que el gobierno de la República Argentina ha otorgado la
necesaria anuencia a tal propósito, según lo estipula el artículo 4º de la
Convención sobre Relaciones Consulares, suscrita en la ciudad de Viena
(Austria) el 24 de abril de 1963, ratificada por la ley 13.774, del 14 de
octubre de 1969 y depositado el respectivo instrumento de ratificación el
10 de marzo de 1970.

  Considerando: que el Consulado General de la República en la República
Argentina, Circunscripción Norte, con sede en la ciudad de Córdoba, habrá
de contribuir en forma eficaz y positiva a incrementar los vínculos que,
desde los orígenes de su historia común, unen a los pueblos de ambos
países y, asimismo, será factor preponderante en lo que hace al afán de
desarrollo entre la República la referida región del vecino país.

  Atento: a lo expuesto, a lo que determinan los artículos 1º y 10º de la
Ley de Organización Consular y 1º, 2º y 14º de la Reglamentación Consular
vigentes y a lo informado por la Dirección de Asuntos Consulares del
Ministerio de Relaciones Exteriores,

                     El Presidente de la República

                            RESUELVE:

1

    Establécese un Consulado General de la República en la República
Argentina, Circunscripción Norte, que tendrá su sede en la ciudad de
Córdoba, Provincia del mismo nombre.
Referencias al numeral

2

   Modifícase la actual estructura de los servicios consulares de la
República Argentina de la siguiente forma:

   a) el Consulado General de la República en la República Argentina
Circunscripción Sur, con sede en la ciudad de Buenos Aires, Capital
Federal, tendrá bajo su dependencia jerárquica y administrativa a los
consulados del distrito jurisdiccional existente o a crearse en las
siguientes provincias, Buenos Aires, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut,
Santa Cruz, Territorio Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur y

   b) el Consulado General de la República en la República Argentina,
Circunscripción Norte, con sede en la ciudad de Córdoba, provincia del
mismo nombre, tendrá bajo su dependencia jerárquica y administrativa a los
consulados de distrito jurisdiccional existente o a crearse en las
provincias de Córdoba, San Luis, Mendoza, San Juan, La Rioja, Catamarca,
Tucumán, Salta, Jujuy, Formosa, Chaco, Santiago del Estero, Santa Fe,
Misiones, Corrientes y Entre Ríos.
Referencias al numeral

3

 Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - ENRIQUE V. IGLESIAS
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