Visto: la solicitud de la firma GARLUX S.A., que se dedicará a la
fabricación de cheques con caracteres magnetizables y otros productos,
tendiente a obtener al amparo de la ley 14.178 de Promoción Industrial,
la declaración de Interés Nacional para la actividad que se propone
realizar según su proyecto de inversión y la concesión de diversos
beneficios promocionales.
Resultando: I) El proyecto presentado se refiere a la instalación de
una planta para la producción de cheques con caracteres magnetizables,
formularios continuos y otros productos;
II) La Unidad Asesora de Promoción lndustrial resolvió propiciar Ia
declaración de Interés Nacional para la actividad del proyecto de
inversión presentado por GARLUX S.A. y propone medidas promocionales,
Considerando: que el proyecto presentado por la firma GARLUX S.A. es
viable técnica, financiera y económicamente y encuadra dentro del Plan
Nacional de Desarrollo en cuanto se cumple con la instalación de una
planta que incorpora tecnología moderna para la fabricación de un producto
nuevo y crea puestos de trabajo.
Atento: a lo expuesto, lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial y lo establecido por la ley 14.178 de Promoción Industrial del
28 de marzo de 1974,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Declárase de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión
presentado por GARLUX S.A., que se dedicará a la fabricación de cheques
con caracteres magnetizables y otros productos para la instalación de una
planta.
Exonérase en forma total a la empresa GARLUX S.A. de todo recargo,
incluso el mínimo, derechos y tasas consulares, Impuesto Aduanero Unico a
la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y en general todo tributo
cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación del siguiente
equipamiento previsto en el proyecto y declarado "no competitivo de la
industria nacional":
Un (1) equipo Wescode completo con sus accesorios y repuestos.
Un (1) sistema TANDEM - COBRA completo, con sus accesorios y
repuestos.
Una (1) rotativa offset completa, con sus accesorios y repuestos.
Un (1) regulador electrónico de tensión completo, con sus accesorios
y repuestos.
Un (1) transformador completo.
El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9º de
la ley 14.178 se aplicará a las nuevas integraciones de capital social de
la empresa GARLUX S.A. hasta un monto en moneda nacional equivalente a U$S
644.600.00 (dólares americanos seiscientos cuarenta y cuatro mil
seiscientos) y siempre que se hayan realizado antes de 2 años contados a
partir de la presente resolución, todo de acuerdo a lo dispuesto por el
artículo 64 del decreto 663/979, del 19 de noviembre de 1979.
A los efectos del control y seguimiento, la empresa GARLUX S.A. deberá
documentar ante el Ministerio de Industria y Energía anualmente y durante
los años 0 a 10 de la puesta en marcha del proyecto, los volúmenes físicos
y en valores monetarios producidos y los vendidos, sin perjuicio de toda
otra información que le sea requerida.
A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales
dispuestos precedentemente, el Ministerio de Industria y Energía, previo
informe de la Unidad Asesora, certificará a los organismos competentes
la pertinencia de los mismos, de acuerdo con su adecuación al proyecto
declarado de Interés Nacional.
Declarase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas
vigentes emanadas de las autoridades competentes en la implantación;
ejecución y funcionamiento del presente proyecto. Su incumplimiento
podrá cuando a ello hubiere mérito, traer aparejado de oficio o a petición
de parte de la autoridad respectiva, la revocación de la Declaración de
Interés Nacional de conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la ley
14.178 de Promoción Industrial y demás disposiciones concordantes o
que se establezcan.