APERTURA DE CONSULADO DE DISTRITO DE URUGUAY. CIUDAD DE SOFIA. BULGARIA




Promulgación: 30/01/2014
Publicación: 10/02/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 81
VISTO: que sería de interés para la República contar con una Oficina
Consular en la ciudad de Sofía, República de Bulgaria, con jurisdicción
sobre todo el territorio de la República;

RESULTANDO: que la existencia de la misma habrá de contribuir al apoyo de
los ciudadanos uruguayos que se encuentren en su jurisdicción, así como al
afianzamiento de las relaciones comerciales, culturales y turísticas entre
ambos países;

CONSIDERANDO: que el gobierno de ese país ha brindado la anuencia
correspondiente para la instalación de un Consulado de Distrito en dicha
ciudad, conforme lo prevé el artículo 4° de la Convención de Viena sobre
Relaciones Consulares de fecha 24 de abril de 1963;

ATENTO: a lo informado por la Dirección de Asuntos Consulares del
Ministerio de Relaciones Exteriores;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Establécese el Consulado de Distrito de la República en la ciudad de
Sofía, República de Bulgaria, con jurisdicción sobre todo el territorio de
la República.

2

 Comuníquese, etc.

DANILO ASTORI - LUIS PORTO
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