DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. ELINORD S.A.




Promulgación: 11/05/2007
Publicación: 17/05/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 915
VISTO: la solicitud de la empresa ELINORD S.A., referente a la fabricación de contenedores y bandejas de poliestireno, con la finalidad de obtener la declaratoria promocional para la actividad que se propone realizar según su proyecto de inversión y la concesión de diversos beneficios promocionales;
 
RESULTANDO: el proyecto presentado tiene como objetivo la instalación de una planta industrial para la fabricación de bandejas y tapas de poliestireno biorientado a partir de film de poliestireno; 

CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º de la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe de evaluación y la recomendación realizados por el Ministerio de Industria, Energía y Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios establecidos en la citada Ley;

II) que el proyecto presentado por ELINORD S.A. da cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de 1998;

ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado por ELINORD S.A., referente a la fabricación de contenedores y bandejas de poliestireno. 

2

 Exonérase en forma total a la empresa ELINORD S.A., de todo recargo incluso el mínimo, derechos y tasas consulares, Impuesto Aduanero Unico a la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y en general todo tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación del siguiente equipamiento previsto en el proyecto y declarado no competitivo de la industria nacional:
*     Tres (3) máquinas termoformadoras usadas GN Medium Size.
*     Una (1) máquina termoformadora usada GN Large Size.
*     Una (1) máquina termoformadora usada GN Small Size.
*     Dos (2) stacker usadas para termoformadora.
*     Un (1) set de repuestos para termoformadoras.
*     Dos (2) montacargas usados.
*     Ocho (8) impresoras de códigos de barras.
*     Un (1) chiller agua Ice Wagon 10 HP usado.
*     Un (1) chiller agua enfriamiento.
*     Un (1) tanque para chiller enfriamiento.
*     Seis (6) PC.
*     Un (1) servidor New Dell Power Edge 2850.
*     Un (1) set de repuestos para máquina inyectora.
*     Un (1) set de repuestos para molino.
*     Un (1) set de herramientas varias de taller.
*     Un (1) set de accesorios y repuestos para rectificadora.
*     Un (1) torno de bancada.
*     Una (1) fresa.
*     Un (1) set de repuestos para montacargas.
*     Un (1) handjack 5.000 lbs. regulares a batería.
*     Cuatro (4) handjack 5.000 lbs. angosto mecánicos.
*     Un (1) servidor New Dell Power Edge 1850.
*     Un (1) set conectores/terminales especiales para red de monitoreo.
*     Un (1) Access Point con accesorios y equipamiento.
*     Seis (6) scanners con cargadores y accesorios.
*     Un (1) switch.
*     Tres (3) patcheras rackeables.
*     Un (1) set cable para conexión con patchera rackeable.
*     Ocho (8) luces piloto alarma.
*     Un (1) teclado Dell rackeable para estación control con soporte.
*     Doce (12) UPS de 1000 VA.
*     Doscientas cincuenta (250) terminales RJ 45.
*     Un (1) sistema de control de personal (handscanner).
*     Un (1) sistema de alarma antirrobo e incendio completo, con
      sensores infrarrojos y de humo.
*     Un (1) interruptor-corriente nominal de 250A.
*     Un (1) interruptor-corriente nominal de 400A.
*     Un (1) interruptor-corriente nominal de 500A.
*     Un (1) interruptor-corriente nominal de 600A.
*     Nueve (9) capacitores de compensación de energía reactiva.
*     Dos (2) impresoras láser.
*     Un (1) set de herramientas eléctricas.
*     Seis (6) teclados de computadora.
*     Un (1) switch para red de computadoras oficinas.
*     Dos (2) máquinas integradas impresora/fax/scanner.
*     Un (1) sistema de monitoreo compuesto de:
     *     Un (1) procesador central del PLC (CompactLogix Eher
           Net Processor 1769-L32E.
     *     Un (1) módulo de comunicaciones que permite la comunicación
           entre controlador y módulos de entrada/salida digitales y
           analógicos mediante el protocolo de comunicación DeviceNet
           (DeviceNet Scanner 1769.SDN).
     *     Una (1) terminal para compensación de impedancia del
           sistema modular del PLC. Debe ser conectado en el extremo
           derecho del sistema compuesto por Procesador, Módulo de
           comunicación DeviceNet y banco de módulos de entrada/salida 
           (Right End Cap/Terminator 1769-ECR).
     *     Una (1) fuente de alimentación de corriente continua del
           procesador (Power Supply 120/240 Vac 1769-PA2).
     *     Una (1) fuente de alimentación continua para módulo de
           comunicaciones DeviceNet Scanner (AC/DC DINRail mount
           Power Supply 1606.XLDNET4).
     *     Ocho (8) módulos de 4 entradas analógicas (4 imput Analog           
           Current Base Block LDX 1790-TN4C0).
     *     Ocho (8) módulos de 8 entradas/salidas digitales (8 Universal 
           In/8 Source Out Expansion Block 1790-T8BV8BX).  
     *     Siete (7) display para interfaz de comunicaciones en estación
           de trabajo (Modular communications Interface 2711P-K4M20A).
     *     Trescientos (300) metros de cable para comunicación con
           protocolo DeviceNet (Trunk Cable for DeviceNet Round
           Media 1485C-P1CG300).
     *     Una (1) fuente de alimentación de corriente continua para
           módulos de entrada/salidas digitales y analógicas (AC/DC 
           DINRail Mount Power Supply).
*     Una (1) máquina inyectora de plástico usada.
*     Una (1) paletizadora usada.
*     Un (1) molino de 600 kg/hora de capacidad de procesamiento de 
      flanes usado.
*     Una (1) máquina rectificadora.
Referencias al numeral

3

 Otórgase a la empresa ELINORD S.A. un crédito por el Impuesto al Valor Agregado y COFIS incluido en la adquisición de materiales utilizados para la obra civil prevista en el Proyecto, por el menor de los siguientes montos imponibles: el equivalente a US$ 2.380 o el equivalente al 15% de la inversión en obra civil que efectivamente se ejecute con la exclusión de honorarios y leyes sociales. Dicho crédito se hará efectivo mediante el mismo procedimiento que rige para los exportadores.

4

 Otórgase a la firma ELINORD S.A. la exoneración prevista en el art. 1º del Decreto Ley No. 15.548 del 17 de mayo de 1984, con la redacción dada por el art. 419 de la Ley No. 15.903 del 10 de noviembre de 1987, hasta un
monto máximo generador de dicha exoneración de US$ 439.548, que será 
aplicable a los ejercicios fiscales comprendidos entre el 1º/12/06 y el
30/11/09.
   En virtud del art. 3º del Decreto Ley No. 15.548, el financiamiento 
del presente proyecto no dará lugar al beneficio de canalización del ahorro previsto en el Decreto Ley No. 14.178, art. 9º.
   La empresa ELINORD S.A., tendrá un plazo máximo para realizar las
modificaciones estatutarias y trámites que sean necesarios ampliando el capital autorizado y emitir las acciones correspondientes al capital integrado, de acuerdo al inciso 1º del presente numeral, hasta el día 30/11/2010.
Referencias al numeral

5

  Difiérese de acuerdo a lo establecido por el literal b del art. 2º del
decreto 508/03 de 10 de diciembre de 2003, la imputación de la renta neta
fiscal no exonerada, generada por el proyecto, por un monto equivalente 
al restante 50% (US$ 439.548) de la inversión ejecutada y financiada con
aporte propio o fondos generados en operaciones por el proyecto. La renta
que se difiere se imputará en el quinto ejercicio siguiente a aquel en 
que se compromete la inversión según cronograma presentado (1º/12/06 - 30/11/07).
Referencias al numeral

6

   Los bienes de activo fijo que se incorporen para llevar a cabo la
actividad del proyecto de inversión que se declara promovido en la 
presente resolución, se podrán computar como activos exentos a los 
efectos de la liquidación del Impuesto al Patrimonio, por el término de
tres años a partir del ejercicio de su incorporación inclusive. A los 
efectos del cómputo de los pasivos los citados bienes serán considerados
activos gravados.

7

   Los beneficios otorgados por esta Resolución sólo podrán utilizarse 
en la misma proporción que la que exista entre la inversión ejecutada y
la inversión total comprometida en el proyecto promovido.

8

   A los efectos del control y seguimiento, la empresa ELINORD S.A.,
deberá informar anualmente, ante la Comisión de Aplicación y en forma
simultánea ante el Ministerio de Industria, Energía y Minería, respecto 
de la implantación del proyecto durante los años de implementación física
del mismo y durante los años 1 a 10, sobre la ejecución y cumplimiento de
las metas del proyecto, así como del uso de los beneficios promocionales
otorgados según esta Resolución.

9

   A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales 
dispuestos precedentemente, la Dirección Nacional de Industrias del
Ministerio de Industria, Energía y Minería, certificará a los organismos 
competentes la pertinencia de los mismos, de acuerdo con su adecuación al 
proyecto declarado promovido.

10

   Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas vigentes
emanadas de las autoridades competentes en la implantación, ejecución y
funcionamiento del presente proyecto, así como al objetivo respecto al 
proyecto presentado. Su incumplimiento podrá, cuando a ello hubiere 
mérito, traer aparejado de oficio o a petición de parte, la revocación de 
la declaratoria promocional, de conformidad a lo dispuesto en la Ley No. 
16.906, en su Art. 14º y en el Art. 13º del Decreto Ley No. 14.178, de 
28 de marzo de 1974 y demás disposiciones concordantes o que se 
establezcan sin perjuicio de la reliquidación de tributos, multas y 
recargos que puedan corresponder en caso de verificarse el
incumplimiento.

11

 Comuníquese a la Comisión de Aplicación, etc.-

TABARE VAZQUEZ - MARTIN PONCE DE LEON - DANILO ASTORI
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