Visto: la gestión promovida por la Administración Nacional de
Telecomunicaciones tendientes a recabar la autorización pertinente para
proceder a la apertura de 7 circuitos telefónicos internacionales que
servirán de enlace con los países siguientes:
Brasil - 1 circuito
Canadá - 1 circuito
Chile - 1 circuito
Estados Unidos - 4 circuito
Resultando: que las Administraciones Embratel (de Brasil), Teleglobe (de
Canadá), Entel (de Chile) y Atet (de E.E.U.U.), han prestado su
conformidad al respecto, ya que la ampliación obedece a una planificación
acordada en 1983 para atender la demanda del tráfico internacional.
Atento: a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa
Nacional y a lo establecido en el artículo 4º, numeral 3 de la ley 14.235,
de 25 de julio de 1974,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Autorízase a la Administración Nacional de Telecomunicaciones, a
proceder a la apertura de los circuitos telefónicos internacionales que se
indican a continuación, con las respectivas Administraciones que en cada
caso se detallan:
Cantidad de Circuitos Administración
1 circuito internacional EMBRATEL (Brasil)
1 circuito internacional TELEGLOBE (Canadá)
1 circuito internacional ENTEL (Chile)
4 circuitos internacionales ATET (E.E.U.U.)