Visto: la resolución ministerial que somete el conflicto de los
trabajadores de la pesca a Tribunal Arbitral y emplaza al personal en
conflicto a reintegrarse a sus tareas.
Resultando: que no se designaron los integrantes del Tribunal Arbitral
ni se cumplió con el emplazamiento.
Considerando: lo dispuesto por la ley 15.530, artículos 10, 11 y 17,
El Presidente de la República
RESUELVE: