El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: que es de interés para la República contar con una Oficina Consular en la República de Ghana;
CONSIDERANDO: I) que dentro de los objetivos de la política exterior de Uruguay se encuentra el fortalecimiento de los vínculos con el continente africano;
II) que la apertura de la mencionada Oficina Consular reforzaría el afianzamiento de las relaciones comerciales, culturales y turísticas entre ambos países;
III) que el gobierno de la República de Ghana ha brindado la anuencia correspondiente para la apertura de un Consulado de Distrito en la ciudad de Accra, República de Ghana;
ATENTO: a lo antes expuesto, a lo establecido en el artículo 4°, numeral 1° de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de fecha 24 de abril de 1963 y a lo informado por la Dirección General para Asuntos Políticos y la Dirección de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Establécese el Consulado de Distrito de la República en la ciudad de Accra, República de Ghana, con jurisdicción sobre todo el territorio de la República de Ghana.