Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: estos antecedentes elevados por el Instituto Nacional de Pesca,
a los fines que se expresarán;
Resultando: I) con fecha 28 de enero de 1993, la firma PAULISOL S.A.
solicitó el correspondiente Permiso para ejercer actividades de
comercialización, al por mayor, de productos de la pesca;
II) el Instituto Nacional de Pesca, con fecha 10 de febrero de 1993,
expresa que se han dado los extremos previstos reglamentariamente para
acceder a lo solicitado, debiendo la empresa involucrada cumplir, con
todas las obligaciones de información que, con fines técnicos
estadísticos o de investigación, le fueren requeridos por el Instituto,
en ejercicio de la atribuciones conferidas por el Decreto-Ley Nº14.484,
de 18 de diciembre de 1975;
Considerando: conveniente, de acuerdo con los informes favorables
vertidos en estos obrados, proveer en la forma aconsejada por el
Instituto Nacional de Pesca;
Atento: a lo preceptuado por el Art. 22 de la ley Nº 13.833, de 29 de
diciembre de 1969, los Arts. 20 y 21 del decreto Nº 711/971 y decreto-ley
Nº 14.484, de 18 de diciembre de 1975 y a lo informado por los Servicios
Jurídicos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca;
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Otórgase, a favor de la firma PAULISOL S.A., el correspondiente Permiso
para ejercer actividades de comercialización, al por mayor, de productos
de la pesca.