AÑO DE LA ORIENTALIDAD
Visto: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea por la que
solicita la aprobación de las Tasas que abonarán los pasajeros que viajan
en T.A.M.U. (Transporte Aéreo Militar Uruguayo).
Resultando: que por decreto 371/970, que reglamenta el artículo 73
de la ley 13.835, de 7 de enero de 1970, por el cual se determinan las
Normas y Procedimientos para establecer las Tasas que abonan los
pasajeros que viajan en T.A.M.U. (Transporte Aéreo Militar Uruguayo).
Considerando: la necesidad de fijar nuevas Tasas para los distintos
itinerarios a cumplir por el Transporte Aéreo Militar Uruguayo
(T.A.M.U.), dado el incremento de los costos de explotación,
El Presidente de la República
RESUELVE: