AUTORIZACION DE LA TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD DE LAS ACCIONES QUE PERTENECEN A LA SRA. MARIA CELIA FONTAINA MINELLI, INTEGRANTE DE LA EMPRESA TRACTORAL S.A., A FAVOR DE LA SOCIEDAD ANONIMA EMISORA DE TELEVISION Y ANEXOS (SAETA TV CANAL 10)
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la transferencia de acciones, de la Sra. María Celia Fontaina Minelli, de la sociedad TRACTORAL S.A., a favor de la Sociedad Anónima Emisora de Televisión y Anexos (SAETA TV Canal 10);
RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 117/994, de 11 de febrero de 1994, se autorizó a la empresa TRACTORAL S.A., a suministrar el servicio de televisión por cable en la ciudad de Montevideo;
II) que por Resolución del Consejo Nacional de Gobierno N° 17.115, de 18 de enero de 1956, se dispuso que el Servicio de Trasmisión autoriza a SAETA a efectuar trasmisiones de televisión desde la "exposición de la producción", con fines exclusivamente experimentales;
III) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 20.491, de 21 de noviembre de 1957, se dispuso que el Servicio de Trasmisiones adjudicara a SAETA el usufructo de Canal 10 (TV), en el departamento de Montevideo;
IV) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 659/013, de 23 de octubre de 2013, se autorizó a SAETA a prestar el servicio de Televisión Digital Terrestre en el Área Metropolitana de Montevideo, utilizando el canal 31;
V) que, por negocio jurídico de 28 de junio de 2007, la Sra. María Celia FONTAINA MINELLI, integrante de la empresa TRACTORAL S.A., enajenó a la Sociedad Anónima Emisora de Televisión y Anexos (SAETA TV Canal 10) acciones por un total de 8.6538%, quedando pendiente a la correspondiente aprobación del Poder Ejecutivo;
VI) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 161/017, de 1 de marzo 2017, se regulariza de titularidad de las acciones de SAETA, quedando integrada por María Gabriela DE FEO IBARRA 14 %, María Florencia DE FEO IBARRA 14 %, Martín Villar GIUDICE el 32,25 %, Roberto FONTAINA BALLANTYNE 17,620995 %, Jean Phyllis FONTAINA BALLANTYNE 5,81188 %, Martín FONTAINA BALLANTYNE 5,311875 %, Pablo Alejandro FONTAINA MINELLI 10,997 % y Suc. Raúl FONTAINA D 'OLIVERA (indiviso) 0,008250 %;
CONSIDERANDO: I) que analizada la documentación agregada, la parte cesionaria ha cumplido con los requisitos exigidos a efectos de acceder a lo solicitado, de acuerdo a lo establecido por la entonces vigente Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014;
II) que corresponde la regularización de la presente transferencia al amparo de lo establecido en el Decreto N° 45/015, de 2 de febrero de 2015, en especial su artículo 4° y 5°;
III) que SAETA TV Canal 10 (Sociedad Anónima de Televisión y Anexos) ya era titular de un servicio de comunicación audiovisual, siendo que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 161/017, de 1 de marzo de 2017, regulariza su integración de accionistas, acreditando oportunamente los requisitos exigidos por la entonces vigente Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, encontrándose integrada por personas físicas que están plenamente identificas así como su porcentaje, lo que implica el cumplimiento del literal d) del artículo 106 de la entonces vigente Ley N° 19.307;
IV) que la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual informa que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el inciso 6 del artículo 109 de la referida Ley N° 19.307;
V) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, compartiendo lo informado precedentemente, sugiere autorizar la transferencia de la titularidad de las acciones;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, sus modificativas y concordantes, la entonces vigente Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, Decreto N° 45/015, de 2 de febrero de 2015, Decreto N° 160/019, de 5 de junio de 2019, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Autorízase, a modo de regularización, la transferencia de la titularidad de las acciones que pertenecen a la Sra. María Celia FONTAINA MINELLI, integrante de la empresa TRACTORAL S.A., a favor de la Sociedad Anónima Emisora de Televisión y Anexos (SAETA TV Canal 10) por un total de 8.6538 %).
Regularízase la situación de titularidad de las acciones de TRACTORAL S.A., que luego de la transferencia descripta quedará integrada en los porcentajes que se indica: María Celia FONTAINA MINELLI 8,653892148 %, Sociedad Anónima Emisora de Televisión y Anexos de 8,6538 %, María Lucía DE FEO IBARRA 9,122307692 %, Gabriel INCHAUSTI BLIXEN 8,875707692 %, Martín VILLAR GIUDICE 8,875707692 %, Pablo Alejandro FONTAINA MINELLI 8,653846155 %, Jorge Enrique DE FEO GIOSSA 7,914265385 %, María Teresa IBARRA MARTINEZ 7,914265385 %, Jorge Omar SOSA MUTTO 7,692307692 %, María Gabriela DE FEO IBARRA 5,276100000 %, María Florencia DE FEO IBARRA 5,276100000 %, Edith VARELA MENDEZ 4,437853846 %, Pablo Raúl FONTAINA ISLAS 3,245192308 %, Eduardo CARRERA HUGES 2,163461539 %, Josette FONTAINA CUTBUSH 1,622596154 % y Jacqueline FONTAINA CUTBUSH 1,622596154 %.