APROBACION DEL CONVENIO DE COOPERACION TECNICA NO REEMBOLSABLE Nº ATN/NI 10623 UR. PROYECTO DE FORTALECIMIENTO DE MECANISMOS DE EQUIDAD RACIAL Y DE GENERO




Promulgación: 21/04/2008
Publicación: 29/04/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 912
VISTO: El Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable Nº ATN/NI -10623
UR "Proyecto Fortalecimiento de Mecanismos de la Equidad Racial y de
Género (Secretaría de las Mujeres Afrodescendientes / INAMU / MIDES), a
celebrarse entre la República Oriental del Uruguay y el Banco
Interamericano de Desarrollo (B.I.D.).

RESULTANDO: Que el Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.), somete a
consideración el proyecto del citado Convenio, a efectos de formalizar los
términos del otorgamiento de una cooperación técnica no reembolsable hasta
por un monto de U$S 80.000 (ochenta mil dólares americanos), a efectos de
financiar el Programa de referencia, cuyo objetivo es: Contribuir a la
disminución de la exclusión social por razones étnico-raciales y de género
a través del fortalecimiento institucional de la Secretaría de las Mujeres
Afrodescendientes / Inamu / Mides.

CONSIDERANDO: Que corresponde aprobar el respectivo Convenio, que será
suscrito en representación del país por la Sra. Ministra de Desarrollo
Social, Mtra. Marina Arismendi.

ATENTO: A lo dispuesto por el artículo 145 de la ley Nº 15.851, de 24 de
diciembre de 1986.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase el proyecto de Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable
Nº ATN/NI -10623 UR por un monto de hasta U$S 80.000 (ochenta mil dólares
americanos), para financiar el Proyecto Fortalecimiento de Mecanismos de
Equidad Racial y de Género (Secretaría de las Mujeres Afrodescendientes /
Inamu / Mides), a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay y el
Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.), cuyo texto constituye parte
integrante de la presente resolución. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

2

 El referido Convenio, será suscrito en representación del país, por la
Sra. Ministra de Desarrollo Social, Mtra. Marina Arismendi.

3

 Dése cuenta a la Asamblea General.

4

 Comuníquese, etc.

FERNANDEZ - DANILO ASTORI
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