EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. ROCHA




Promulgación: 14/06/2012
Publicación: 02/07/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Derogada/o por: Resolución Nº 186/013 de 11/04/2013 numeral 1.
VISTO: estos antecedentes relacionados con las obras de construcción del
Puerto de aguas profundas en el Departamento de Rocha;

RESULTANDO: I) que por Decreto del Poder Ejecutivo N° 196/012 de fecha 14
de junio de 2012 se aprobó la instalación de un puerto de aguas profundas
en la costa oceánica del Departamento de Rocha;

II) que en el marco legal vigente, se encuentran atribuidas competencias
en materia expropiatoria al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, Dirección Nacional Topografía;

III) que a efectos de la concreción del objetivo propuesto, resulta
procedente designar los predios que serán afectados para la ejecución de
la obra por causa de utilidad pública y en consecuencia declarar urgente
su ocupación;

IV) que la Asesoría Legal de la referida Dirección Nacional, expresa que
no tiene observaciones que formular desde el punto de vista jurídico a las
presentes actuaciones;

CONSIDERANDO: que por lo expuesto, corresponde resolver en consecuencia;

ATENTO: a lo establecido en el artículo 32 de la Constitución de la
República de 1967, artículo 492 del Código Civil, artículos 1° y 3° de la
Ley de Expropiaciones N° 3.958 del 28 de marzo de 1912 y artículo 99 Lit.
B) de la Ley N° 15.851 del 24 de diciembre de 1986, normas concordantes y
modificativas;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

  (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 260/012 de 14/06/2012 numeral 1.

2

  (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 260/012 de 14/06/2012 numeral 2.

3

  (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 260/012 de 14/06/2012 numeral 3.

JOSÉ MUJICA - ENRIQUE PINTADO
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