DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. FEDESIR S.A.




Promulgación: 16/01/2006
Publicación: 23/01/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 184

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   Otórgase a la firma FEDESIR S.A. la exoneración prevista en el art.
1 del Decreto Ley N° 15.548 de 17 de mayo de 1984, con la redacción dada
por el art. 419 de la Ley N° 15.903 del 10 de noviembre de 1987, hasta
un monto máximo generador de dicha exoneración de US$ 30.213, que será
aplicable a los ejercicios fiscales comprendidos entre el 1º/12/04 y el
30/11/07.
   En virtud del art. 3 del Decreto Ley N° 15.548, el financiamiento del
presente proyecto no dará lugar al beneficio de canalización del ahorro
previsto en el Decreto Ley N° 14.178, art. 9.
   La empresa FEDESIR S.A., tendrá un plazo máximo para realizar las
modificaciones estatutarias y trámites que sean necesarios ampliando el
capital autorizado y emitir las acciones correspondientes al capital
integrado, de acuerdo al inciso 1 del presente numeral, hasta el día
30/11/08.
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