DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. DOMINGO BASSO SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 13/12/1978
Publicación: 04/01/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 1374
Visto: la solicitud de la firma Domingo Basso S.A. tendiente a obtener al
amparo de la ley 14.178 de Promoción Industrial, del 28 de marzo de 1974,
la declaración de Interés Nacional para la actividad que se propone
realizar según su proyecto de inversión y la concesión de diversos
beneficios promocionales.

Resultando: I) El proyecto presentado se refiere a la instalación de una
planta para la fabricación y armado de rastras de disco marca John Deere,
modelo 210, con destino a la exportación al mercado argentino;

II) La Unidad Asesora de Promoción Industrial resolvió propiciar la
declaración de Interés Nacional para la actividad del proyecto de
inversión presentado por Domingo Basso S.A. y propone medidas
promocionales.

Considerando: de los asesoramientos recabados surge que procede acceder a
lo solicitado por la firma Domingo Basso S.A. por cuanto el proyecto es
viable técnica, financiera y económicamente y encuadra dentro del Plan
Nacional de Desarrollo en cuanto una nueva industria permite el aumento y
diversificación de las exportaciones de bienes industrializados en base a
niveles adecuados de dimensión, tecnología y calidad.

Atento: a lo expuesto, lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial y lo establecido por la ley 14.178 de Promoción Industrial del
28 de marzo de 1974,

El Presidente de la República

                                 RESUELVE:

1

Declárase de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión
presentado por Domingo Basso S.A. para la instalación de una planta para
la fabricación y armado de rastras de disco marca John Deere, modelo 210,
con destino a la exportación.

2

Exonérase en forma total a la empresa Domingo Basso S.A. de recargos
incluso el mínimo, derechos y tasas consulares, proventos y tasas
portuarias, Impuesto Aduanero Unico a la Importación, Tasa de Movilización
de Bultos y, en general, todo tributo cuya aplicación corresponda en
ocasión de la importación del equipamiento previsto en el proyecto, según
listado detallado en Anexo Nº 1, que se incorpora a la presente resolución
(hoja numerada Nº E.J. 213114, del Expediente Caratulado As.Nº 30/76 - 29
de diciembre de 1977 - 10 de marzo de 1978 - Domingo Basso S.A., solicita
declaratoria de Interés Nacional). (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen (Anexo Nº 1).

3

Exonérase el Impuesto Unico a la Actividad Bancaria que grave las
operaciones de crédito y garantías previstas para la ejecución del
proyecto, por los dos (2) primeros años a partir de la presente
resolución. Esta exoneración no comprende el adicional establecido en el
artículo 2º del Título 23 del Texto Ordenado - 1976.

4

   Exonérase a Domingo Basso S.A. del Impuesto a las Trasmisiones
Inmobiliarias y demás tributos que graven la adquisición, escrituración y
registro de los inmuebles previstos para la ejecución del proyecto, por el
lapso de 2 años a partir de la presente resolución.

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 20/02/1979.

5

Exonérase a Domingo Basso S.A. de los tributos que recaigan sobre la
constitución y registro de garantías reales y personales previstos para la
ejecución del proyecto, por el lapso de 2 años a partir de la presente
resolución.

6

Exonérase de todo tributo la ampliación de capital e inscripción
respectiva, de la sociedad anónima Domingo Basso S.A., y la emisión de
acciones en el monto necesario para la ejecución del proyecto dentro de un
plazo de 2 años a partir de la presente resolución.

7

A los efectos del control y seguimiento, la empresa Domingo Basso S.A.
deberá documentar ante el Ministerio de Industria y Energía anualmente y
durante los años 0 a 3 de la puesta en marcha del proyecto, los volúmenes
físicos y en valores monetarios producidos y los exportados, sin perjuicio
de toda otra información que le sea requerida.

8

A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales dispuesto
precedentemente, el Ministerio de Industria y Energía, previo informe de
la Unidad Asesora, certificará a los organismos competentes la pertinencia
de los mismos, de acuerdo con su adecuación al proyecto declarado de
Interés Nacional.

9

Comuníquese, etc.

APARICIO MENDEZ - LUIS H. MEYER - ADOLFO FOLLE MARTINEZ - VALENTIN ARISMENDI - EDUARDO J. SAMPSON - FERNANDO BAYARDO BENGOA
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