FIJACION DE LA TASA POR LEGALIZACION DE DOCUMENTOS




Promulgación: 31/05/2018
Publicación: 14/06/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: la necesidad de actualizar el monto de la Tasa por Legalización de Documentos creada por el artículo 21 del Decreto-Ley N° 14.755 de 5 de enero de 1978.

   RESULTANDO: que por la Resolución N° 90/018 de 25 de enero de 2018 dictada en ejercicio de las atribuciones delegadas por el Ministerio de Educación y Cultura, fijó el monto actualizado de la referida Tasa por Legalización de Documentos en $ 156 (pesos uruguayos ciento cincuenta y seis).

   CONSIDERANDO: I) que por el artículo 332 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990, se facultó al Poder Ejecutivo a actualizar dicho monto según la variación del Indice General de Precios del Consumo.

   II) que corresponde proceder a la actualización señalada en el Visto, en base al cálculo efectuado por el Departamento Financiero Contable de la Dirección General de Secretaria del Ministerio de Educación y Cultura.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 21 del Decreto-Ley N° 14.755 de 5 de enero de 1978; por el artículo 332 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990; por la Resolución del Poder Ejecutivo N° 446/003 de 24 de marzo de 2003 y por el literal k) del numeral 1 de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 966/991 de 4 de diciembre de 1991.

                    LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
              - en ejercicio de las atribuciones delegadas-

                                RESUELVE:

1

   Fíjase en la suma de $ 162 (pesos uruguayos ciento sesenta y dos) el monto de la Tasa por Legalización de Documentos creada por el articulo 21 del Decreto-Ley N° 14.755 de 5 de enero de 1978, que regirá a partir de la aprobación de la presente Resolución. 

2

   Cométese al Departamento Financiero Contable la actualización cuatrimestral del importe de la Tasa por Legalización de Documentos.

3

   Comuníquese a la Dirección General de Secretaría, a la Dirección de Educación, a la Oficina de Registros y Legalizaciones de la Dirección de Educación y a la División Jurídico Notarial del Ministerio de Educación y Cultura.

4

   Pase al Departamento Financiero Contable, a todos los efectos que correspondan.

   MARÍA JULIA MUÑOZ
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