APROBACION DE LA MODIFICACION PARCIAL DE LA ESTRUCTURA SOCIAL DE LA EMPRESA TURISMAR S.R.L.




Promulgación: 11/06/2012
Publicación: 18/06/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma
VISTO: la gestión promovida por la Empresa TURISMAR S.R.L., tendiente a la
aprobación de las modificaciones de la titularidad de las cuotas sociales
de la referida Sociedad Comercial.

RESULTANDO: I) Que la citada empresa es concesionaria de las líneas de
Transporte Regular Nacional de Pasajeros por Carretera, entre las Ciudades
de Montevideo - Sarandí del Yí por Ruta Nacional N° 6, Montevideo - La
Paloma por Ruta Nacional N° 6, Montevideo - Km 329 por Ruta Nacional N° 6,
Montevideo - Sarandí del Yí por Rutas Nacionales Nos. 6, 7 y 41,
Montevideo - Melo por Rutas Nacionales Nos. 6, 94 y 7, Montevideo -
Durazno por Ruta Nacional N° 5, Montevideo - San Gregorio de Polanco por
Rutas Nacionales Nos. 5 y 43 y Durazno - Punta del Este por Rutas
Nacionales Nos. 5, 12, 80, 8, 9, 37, Ramal Ruta Nacional N° 93, Camino de
los Arrayanes, 93 y 10;

II) Que con fecha 25 de abril de 2011 la Sra. Alba Nelly Lablanque
Ferracano cedió libre de obligaciones y gravámenes al Sr. Luis Humberto
Marichal Lablanque, quince cuotas sociales, quien en tal concepto adquiere
la totalidad de las cuotas avas partes, que le corresponden en la
sociedad, asumiendo el cesionario todos los derechos y obligaciones
inherentes a la calidad de socio, que le correspondían a la cedente.

CONSIDERANDO: I) Que el cambio de la titularidad de las referidas cuotas
sociales está debidamente acreditado y que se ha dado cumplimiento a lo
establecido en los Artículos Nos. 9.1 y 9.2 del Reglamento aprobado por
Decreto N° 285/006 de 22 de agosto de 2006, comunicando y documentando el
referido negocio;

II) Que asimismo, dicho cambio no afecta en modo alguno los objetivos
establecidos en el Artículo N° 1.2 del precitado Decreto, manteniendo la
permanencia, continuidad y eficiencia del servicio.

ATENTO: a lo dispuesto por el Reglamento para la Explotación de Servicios
Regulares de Transporte de Personas por Carretera, aprobado por Decreto N°
285/006 de 22 agosto de 2006.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase la modificación parcial de la estructura social de la EMPRESA
TURISMAR S.R.L., concesionaria de las Líneas de Transporte Regular de
Pasajeros por Carretera, entre las Ciudades de Montevideo - Sarandí del Yí
por Ruta Nacional N° 6, Montevideo - La Paloma por Ruta Nacional N° 6,
Montevideo - Km 329 por Ruta Nacional N° 6, Montevideo -Sarandí del Yí por
Rutas Nacionales Nos. 6, 7 y 41, Montevideo - Melo por Rutas Nacionales
Nos. 6, 94 y 7, Montevideo - Durazno por Ruta Nacional N° 5, Montevideo -
San Gregorio de Polanco por Rutas Nacionales Nos. 5 y 43 y Durazno - Punta
del Este por Rutas Nacionales Nos. 5, 12, 80, 8, 9, 37, Ramal Ruta
Nacional N° 93, Camino de los Arrayanes, 93 y 10, la que quedará
constituida por el Sr. Fernando Chainca Marques y la Sra. Encarnación
Fuentes Martín con veinte (20) cuotas sociales en común, los Sres. José
Jesús González Suárez y Wenceslao José González Suárez, con 20 (veinte)
cuotas sociales cada uno, el Sr. Luis Humberto Marichal Lablanque con
treinta (30) cuotas sociales, de acuerdo a la documentación notarial
obrante en estas actuaciones.

2

 Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte
del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.

JOSÉ MUJICA - ENRIQUE PINTADO
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