APROBACION DEL REGIMEN DE TURNOS EN MATERIA PENAL




Promulgación: 30/04/2014
Publicación: 28/05/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 673
VISTO: La Resolución de Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la
Nación No. A/86/14, de fecha 8 de abril de 2014.

RESULTANDO: Por dicha Resolución se determina que los asuntos penales y
los exhortos internacionales se regirán por el mismo criterio de
coincidencia entre Fiscalía Letrada Nacional y Juzgado Letrado de Primera
Instancia, ambos en lo Penal, como ya fuera establecido por la Resolución
No. A/74/14. Agrega que la Fiscalía a la que le corresponda trabajar con
el Juzgado cuya competencia es rotativa entre las tres sedes Fiscales,
entenderá en todas los asuntos que se inicien en esa Sede Judicial hasta
que la misma pase a trabajar con otra Fiscalía en el siguiente turno.

CONSIDERANDO: I) La aprobación de la fijación de los turnos de las
Fiscalías, así como la aprobación de las resoluciones del Fiscal de Corte
y del Procurador General de la Nación que determina la actuación de las
Fiscalías, ha sido delegada por el Poder Ejecutivo al Ministerio de
Educación y Cultura por los literales a) y b) de la Resolución del Poder
Ejecutivo No. 966/991 de 4 de diciembre de 1991.

II) Corresponde, pues, dictar el acto administrativo que apruebe lo
actuado por la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación en
cuanto a la determinación del turno para los asuntos penales y los
exhortos internacionales.

ATENTO: A lo expuesto y a lo establecido por los literales a) y b) del
Numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo No. 966/991 de 4 de
diciembre de 1991, reglamentaria del artículo 168 Numeral 24 de la
Constitución de la República, que permite delegar atribuciones,

                    EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
                en ejercicio de las atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

 APRUÉBASE lo actuado por la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de
la Nación por Resolución No. A/86/14, de fecha 8 de abril de 2014, en la
que se determinó que los asuntos penales y los exhortos internacionales se
regirán por el mismo criterio de coincidencia entre Fiscalía y Juzgado,
como fuera ya comunicado por Resolución No. A/74/14.

RICARDO EHRLICH
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