DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. ISMA S.A.




Promulgación: 27/01/1988
Publicación: 20/04/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 82
   Visto: la solicitud de la empresa ISMA S.A. tendiente a que se le
autorice a importar el equipamiento que detalla al amparo de la
resolución del Poder Ejecutivo del 29 de abril de 1987 por la cual
fuera declarado de Interés Nacional su proyecto de inversión.

  Resultando: la Unidad Asesora de Promoción Industrial considera que
puede accederse a lo solicitado pues el equipamiento gestionado es
complementario del equipo aprobado en la declaratoria de Interés
Nacional, aconsejando se le apliquen los beneficios correspondientes.

  Atento: a lo informado por el Centro Nacional de Política y
Desarrollo Industrial y Unidad Asesora de Promoción Industrial, lo
dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria y
Energía y lo establecido por el decreto ley 14.178 del 28 de marzo de
1974,

                     El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

  Amplíase la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 29 de abril de 1987,
-por la cual se declara de Interés Nacional la actividad del proyecto de
inversión presentado por ISMA S.A.-, en el sentido de incluir en el
listado de equipamiento exonerado en su numeral 1º, el siguiente equipo
declarado "no competitivo de la industria nacional": 1 (un) marginador
automático, 1 (un) cilindro para impresora, 1 (un) cilindro de goma y 1
(una) bomba de recirculación de tinta.

2

  Otórgase a la firma ISMA S.A. la exoneración prevista en el artículo 1º
del decreto ley 15.548 del 17 de mayo de 1984, hasta un monto máximo
generador de dicha exoneración de U$S 6.085 que debe integrarse con
anterioridad al 30 de abril de 1988.

3

  El aumento de capital de la empresa ISMA S.A., hasta un incremento
equivalente a U$S 6.085 estará exonerado del Impuesto al Contralor creado
por el Art. 69 de la ley 15.767 siempre que el hecho generador del tributo
se cumpla antes del 30 de abril de 1988.

4

  Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN - ADOLFO CASTELLS MENDIVIL - LUIS MOSCA
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