DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. ETERNIT URUGUAY S.A.




Promulgación: 22/06/1988
Publicación: 29/07/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 755

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  Otórgase a la firma "Eternit Uruguaya S.A." la exoneración prevista en
el artículo 1º del decreto ley 15.548 del 17 de mayo de 1984 hasta un
monto máximo generador de dicha exoneración, de U$S 713.231 que deben
integrarse dentro del plazo de 18 meses a partir de la presente
resolución.
  En virtud del artículo 3º del decreto ley 15.548, la empresa "Eternit
Uruguaya S.A." no gozará del beneficio de Canalización del Ahorro previsto
en el decreto ley 14.178, artículo 9º.
  La empresa "Eternit Uruguaya S.A." tendrá un plazo máximo de 30 meses a
partir de la presente resolución, para realizar las modificaciones
estatutarias y trámites judiciales que sean necesarios ampliando el
capital autorizado, y emitir las acciones correspondientes al capital
integrado, de acuerdo al inciso 1º del presente numeral.
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