DECLARACION DE INTERES NACIONAL DEL PROYECTO DE INVERSION DE CARLOS MARTINEZ PENINO Y GASTON SAINT ROMAIN




Promulgación: 22/11/1978
Publicación: 13/12/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 1057
Visto: la solicitud de la firma Carlos Martínez Penino y Gastón Saint
Romain tendiente a obtener al amparo de la ley 14.178, de 28 de marzo de
1974, la declaración de Interés Nacional para la actividad pesquera que
intenta desarrollar y el otorgamiento de la exoneración de los tributos
que graven la constitución e integración de capital de la sociedad anónima
que ejecutará el proyecto bajo la denominación de ORPESA.

Resultando: el mencionado proyecto de inversión que oportunamente evaluara
la Junta Nacional de Pesca, resultando factible, técnica, económica y
financieramente, fue aprobado por el Poder Ejecutivo por resolución de 10
de octubre de 1974 teniendo en cuenta que, el mismo se ajusta a los
lineamientos de la política pesquera nacional.

Considerando: I) Que la Unidad Asesora de Promoción Industrial propicia la
declaración de Interés Nacional aconsejando los beneficios promocionales
solicitados;
II) Que la exoneración del I.V.A. por aportes se referirá exclusivamente
al traspaso del buque pesquero con un precio del orden de los
U$S 350.000,00 de la sociedad de hecho Carlos Martínez Penino y Gastón
Saint Romain a ORPESA.

Atento: a lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial, a
lo certificado por el Instituto Nacional de Pesca, lo dispuesto por la ley
14.178, de 28 de marzo de 1974 de Promoción Industrial,

El Presidente de la República


                                 RESUELVE:

1

   Declárase de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión
presentado por Carlos Martínez Penino y Gastón Saint Romain a que se
refiere la resolución de 10 de octubre de 1974.

2

   Exonérese en forma total el Impuesto al Valor Agregado que grave la
transferencia del buque pesquero objeto del proyecto con un precio del
orden de U$S 350.000,00 (trescientos cincuenta mil dólares americanos) de
la empresa de hecho Carlos Martínez Penino y Gastón Saint Romain a la
sociedad anónima ORPESA.

3

   Exonérase todo tributo que grave la constitución y en su caso, la
ampliación de capital e inscripción respectiva de la sociedad anónima
ORPESA y la emisión de acciones en el monto necesario para la ejecución
del proyecto dentro de un plazo de 2 años a partir de la presente
resolución.

4

  A los efectos del control y seguimiento, la empresa deberá documentar
ante el Ministerio de Industria y Energía anualmente y durante los años 1
a 3 de la puesta en marcha del proyecto, los volúmenes físicos en valores
monetarios producidos y los exportados, sin perjuicio de toda otra
información que le sea requerida.

5

  A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales
dispuestos precedentemente, el Ministerio de Industria y Energía, previo
informe de la Unidad Asesora, certificará a los organismos competentes la
pertinencia de los mismos, de acuerdo con su adecuación al proyecto
declarado de Interés Nacional.

6

    Comuníquese, etc.

  APARICIO MENDEZ - LUIS H. MEYER - VALENTIN ARISMENDI - FERNANDO BAYARDO BENGOA
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