DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. MUSEO HISTORICO REGIONAL Y DE LA AGRICULTURA. SORIANO




Promulgación: 11/05/2011
Publicación: 09/06/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 923
VISTO: La gestión de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación,
para que sea declarado Monumento Histórico Nacional, el edificio sede del
Museo Histórico Regional y de la Agricultura, Padrón N° 46 en menor área,
Carpeta Catastral N° 3, manzana N° 16, solar N° 005, ubicado en la Avda.
Grito de Asencio N° 991 esq. Florida, de la ciudad de Dolores,
Departamento de Soriano.

RESULTANDO: I) Que el comerciante italiano Don Francisco Ferrari, del
rubro de panadería adquiere la propiedad en el año 1858, siendo a su vez
Alcalde Ordinario de la Villa de Dolores en 1827 e integró en el año 1854
la "Compañía Progreso de Dolores" con la idea de comprar un pequeño vapor
que uniera el puerto de Dolores con la desembocadura del Río Uruguay.

II) Luego de sucesivos propietarios, el edificio pasó por diferentes
rubros hasta que en 1981 compra el bien la firma Industrias Harineras S.A.
(Molino San Salvador), siendo sus propietarios actuales.

III) La imagen característica del edificio, significativamente arraigada
en el entorno, ha acompañado el crecimiento histórico de la ciudad,
preservando las principales características de su época.

IV) Este bien se encuentra en una estratégica ubicación, frente a las
instalaciones del Molino San Salvador, próximo al primer puerto de Villa
Dolores que se ubicaba antiguamente entre las calles Dolores (hoy Puig) y
de la República (hoy Asencio).

V) El bien alberga al Museo Histórico Regional y de la Agricultura en
cuyas salas se exponen los orígenes y la formación de las primeras aldeas
agrícolas, la historia del arado, los molinos y las panaderías de la
región.

CONSIDERANDO: I) La Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación entiende
que el edificio reseñado reúne valores en aspectos sociales,
histórico-culturales y arquitectónicos que en su conjunto justifican su
protección como bien patrimonial.

II) El Poder Ejecutivo, animado de propósito de preservar aquellos bienes
que representan, para el lugar en el cual se emplazan y para la comunidad
nacional, un testimonio histórico cultural, accederá a lo solicitado
declarando Monumento Histórico Nacional el inmueble sede del Museo
Histórico Regional y de la Agricultura de la ciudad de Dolores.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión del
Patrimonio Cultural de la Nación, a lo establecido en los artículos 160,
168. 24 y 181. 8 de la Constitución de la República, en la Ley 14.040 del
20 de octubre de 1971 y su decreto reglamentario 536/972 del 1° de agosto
de 1972, y a la resolución de fecha 01 de junio de 2006.

                    EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
                  en ejercicio de atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

 DECLÁRASE Monumento Histórico Nacional el inmueble sede del Museo
Histórico Regional y de la Agricultura, Padrón N° 46 en menor área,
Carpeta Catastral N° 3, manzana N° 16, Solar N° 005, ubicado en la Avda.
Grito de Asencio N° 991 esq. Florida, de la ciudad de Dolores,
Departamento de Soriano.

2

 EL INMUEBLE queda gravado por las servidumbres previstas en el artículo 8
de la Ley 14.040 de 20 de octubre de 1971.

3

 COMUNÍQUESE al Registro de Propiedad Inmueble de Soriano, al Ministerio
de Transporte y Obras Públicas, a la Intendencia Municipal de Soriano, a
la Junta Departamental de Soriano, a la Dirección Nacional de Catastro y a
la Oficina Delegada de Catastro de Soriano.

4

 PUBLÍQUESE.

5

 CUMPLIDO, remítanse las actuaciones a la Comisión del Patrimonio Cultural
de la Nación para su registro y posterior archivo.

RICARDO EHRLICH
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