AUTORIZACION PARA TRANSFERIR PERMISO DE RADIODIFUSION. LANROD LTDA




Promulgación: 22/02/2005
Publicación: 28/02/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 452
Referencias a toda la norma
VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC) , por la cual da cuenta de la solicitud de los
señores Tydeo Belson Rodríguez Cardozo, Carlos Eduardo y María Laura
Rodríguez Landoni, para que se autorice la transferencia del permiso de
radiodifusión de la estación CW 96 "RADIO YI" de la ciudad de Durazno,
departamento de Durazno.

RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 2205/971 de 18
de marzo de 1971, se autorizó al señor Tydeo Belson Rodríguez Cardozo, la
utilización de la frecuencia del servicio de radiodifusión 960 Khz., para
operar desde la ciudad de Durazno, del departamento de Durazno.

II) que de acuerdo con el contrato de "Compromiso de Transferencia de
Titularidad de Frecuencia" de fecha 1ro. de diciembre de 2004, el señor
Tydeo Belson Rodríguez Cardozo, promete transferir a "LANROD LTDA.",
integrada por el señor Carlos Eduardo Rodríguez Landoni y la señora María
Laura Rodríguez Landoni, la titularidad de la frecuencia correspondiente
a la estación CW 96 de la ciudad de Durazno, departamento de Durazno.

CONSIDERANDO: I) que los integrantes de la sociedad "LANROD LTDA.", han
dado cumplimiento a todos los requisitos previstos en el artículo 8 del
Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, en la remisión efectuada por
el literal a) del artículo 9no. de dicha norma.

II) que el señor Carlos Eduardo Rodríguez Landoni es titular solamente de
otro medio de radiodifusión (Resolución del Poder Ejecutivo 130/000 de 3
de febrero de 2000), por lo que está dentro del límite de autorizaciones
permitidas por el artículo 12 del precitado Decreto 739/974.

III) que se ha agregado un contrato de "Compromiso de Transferencia de
Titularidad de Frecuencia". Por tanto, en su oportunidad se deberá
acreditar el contrato definitivo de acuerdo a lo establecido en el
Decreto 586/990 de 18 de diciembre de 1990.

IV) que se ha acreditado estar al día con sus obligaciones tributarias
ante la Dirección General Impositiva y con sus aportes al Banco de
Previsión Social. Asimismo, se han realizado las publicaciones que exige
el Decreto 347/992 de 21 de julio de 1992.

V) que no existen inconvenientes en autorizar la transferencia
solicitada.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los artículos
70 y siguientes de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, el Decreto-Ley
14.670 de 23 de junio de 1977, los Decretos 734/978 de 20 de diciembre de
1978, 586/990 de 18 de diciembre de 1990, 347/992 de 21 de julio de 1992,
125/993 de 12 de marzo de 1993, a lo informado por la Unidad Reguladora
de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase al señor Tydeo Belson Rodríguez Cardozo a transferir a la
sociedad "LANROD LTDA." el permiso de la estación CW 96 "RADIO YI" de la
ciudad de Durazno, departamento de Durazno, que opera en la frecuencia
960 Khz.

2

 Declárase que los únicos integrantes de la sociedad "LANROD LTDA.", son
el señor Carlos Eduardo Rodríguez Landoni y la señora María Laura
Rodríguez Landoni, con 50 cuotas sociales cada uno.

3

 Determínase que los interesados deberán acreditar en el plazo de treinta
días contados desde la notificación del presente acto, el contrato
definitivo de transferencia del permiso.

4

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC), a sus efectos. Cumplido, archívese.-

BATLLE - YAMANDU FAU
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