VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo de 30 de agosto de 2000 por los
que se aprobó la delimitación del recinto portuario -comercial y
turístico- del Puerto Sauce (Juan Lacaze).
RESULTANDO: que la Administración Nacional de Puertos y la Dirección
Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas
promueven la modificación de dicho acto, a la haberse constatado errores
involuntarios, producto de las cifras extraídas de una copia borrosa del
plano de deslinde de que se trata y proponen asimismo algunos ajustes al
texto que permitirán una mejor comprensión del mismo.
CONSIDERANDO: que procede resolver según lo solicitado.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por los artículos 7 y 20 de la Ley
Nº 16.246 de 8 de abril de 1992 y el artículo 8º de su Decreto
reglamentario Nº 412/992 de 1º de setiembre de 1992, así como lo
establecido en el artículo 7º, numeral 5º del Decreto Nº 574/974 de 12 de
julio de 1974.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
(*)
(*)Notas:
Este numeral dio nueva redacción a: Resolución Nº 919/000 de 30/08/2000
numeral 1.