APROBACION DEL PROYECTO DE PRESTAMO A CELEBRARSE ENTRE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE PUERTOS (ANP) Y EL FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA)




Promulgación: 11/01/2019
Publicación: 25/01/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el proyecto de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la Administración Nacional de Puertos (ANP) y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA), destinado al financiamiento parcial para la ejecución del "Proyecto de Mejoramiento de los Accesos en la Rambla Portuaria" (Préstamo URU-19/2018), y el respectivo proyecto de Contrato de Garantía de la República Oriental del Uruguay (ROU).

   RESULTANDO: I) que el monto total del financiamiento asciende a la suma de U$S 50:000.000 (cincuenta millones de dólares de los Estados Unidos de América), el cual será amortizado en un plazo de quince (15) años, con hasta cuarenta y ocho (48) meses de gracia y con una tasa de interés variable.

   II) que el Préstamo antes mencionado URU-19/2018, fue formalmente aprobado por el Directorio Ejecutivo de FONPLATA en sesión de fecha 10 de octubre de 2018, según Resolución R.D. N° 1420/2018.

   III) que la ANP será el organismo ejecutor del referido Proyecto.

   IV) que la Asesoría Macroeconómica y Financiera y la Unidad de Gestión de Deuda del Ministerio de Economía y Finanzas no han formulado objeciones a la citada operación.

   CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la aprobación del proyecto de Contrato de Préstamo negociado, a celebrarse entre la Administración Nacional de Puertos (ANP) y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA), y el respectivo proyecto de Contrato de Garantía de la República Oriental del Uruguay (ROU), siendo este último suscrito, en representación del país, por el Señor Ministro de Economía y Finanzas, Cr. Danilo Astori o por el Señor Subsecretario de Economía y Finanzas, Cr. Pablo Ferreri, indistintamente.

   ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto-Ley N° 15.437, de 27 de julio de 1983; el artículo 145 de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986; el artículo 33 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013; el artículo 267 de la Ley N° 18.834, de 4 de noviembre de 2011, en la redacción dada por el artículo 337 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012; y a lo dispuesto por el artículo 738 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase el proyecto de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la Administración Nacional de Puertos (ANP) y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA), por un monto total de U$S 50:000.000 (cincuenta millones de dólares de los Estados Unidos de América), destinado al financiamiento parcial para la ejecución del "Proyecto de Mejoramiento de los Accesos en la Rambla Portuaria" (Préstamo URU-19/2018), (*) cuyo texto constituye parte integrante de la presente Resolución.

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI - RODOLFO NIN NOVOA - VÍCTOR ROSSI
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