APROBACION DE LA PRORROGA DEL PERMISO DE OCUPACION DE DEPOSITO EN EL PUERTO DE MONTEVIDEO. PLANIR S.A.




Promulgación: 20/03/2006
Publicación: 24/03/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 542
   VISTO: la gestión de la Administración Nacional de Puertos tendiente a la renovación del permiso otorgado a la empresa PLANIR S.A. para la
ocupación del Depósito Nº 24 del Puerto de Montevideo y dos áreas
abiertas adyacentes, que suman 8.417 m2.

   RESULTANDO: I) Que por resolución de fecha 15 de julio de 2005, el
Vicepresidente del Directorio, en ejercicio de la Presidencia de la
referida Administración Nacional, prorrogó por un plazo de tres años el
permiso de ocupación indicado, en las condiciones que señala dicho Acto;

   II) Que se expidieron favorablemente en la órbita del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, su Asesoría Técnica en Asuntos Portuarios y
el Departamento Letrado;

   III) Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central, Carpeta Nº 170.909) acordó con fecha 7 de diciembre de 2005 no formular
observaciones a la prórroga mencionada;

   CONSIDERANDO: I) Que en los procedimientos de otorgamiento del permiso
original y sus respectivas prórrogas de ocupación, se cumplió con las
publicaciones de estilo a fin de dar conocimiento de la presentación de
otros posibles interesados;

   II) Que el inmueble indicado como asimismo su área adyacente, no son
utilizables por el momento para la Administración Nacional de Puertos.

   ATENTO: a lo dispuesto en el Decreto Nº 412/992 de 1º de setiembre de
1992.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase la resolución del Vicepresidente del Directorio, en 
ejercicio de la Presidencia de la Administración Nacional de Puertos, por la que renovó, a la empresa PLANIR S.A., un permiso de ocupación del Depósito Nº 24 y dos áreas abiertas adyacentes con un área total del 
8.417 m2 en el Puerto de Montevideo, por el término de 3 (tres) años a contar del vencimiento del permiso anterior y demás condiciones que allí se establecieron.

2

   Comuníquese y vuelva a la citada Administración Nacional a sus 
efectos.

TABARE VAZQUEZ - VICTOR ROSSI
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