AUTORIZACION DE TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD DE LA EMISORA CX 156 DIFUSORA AMERICANA, FRECUENCIA 1560 KHZ DE LA CIUDAD DE TRINIDAD, FLORES




Promulgación: 08/07/2025
Publicación: 14/07/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud de autorización para la transferencia de titularidad de la emisora CX 156 DIFUSORA AMERICANA, de la ciudad de Trinidad, departamento de Flores, que opera en la frecuencia 1560 KHz, a favor de Pablo Guillermo Goya Chulepin;

   RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 20/994, de 18 de enero de 1994, la Sra. María Isabel Irazábal Esperben fue autorizada a usufructuar la emisora CX- 156;

   II) que el 8 de julio de 1999 fallece la Sra. María Isabel Irazábal Esperben, viuda, siendo declarados sus únicos y universales herederos sus hijos legítimos Jorge Antonio, Marcelo José, Gustavo Enrique y María Magdalena Estrade Irazábal;

   III) que el 27 de febrero de 2003 fallece el socio, Sr. Jorge Antonio Estrade Irazábal, siendo declarados únicos y universales herederos del causante sus hijos María Valentina, Joaquín, Lucrecia y Facundo Estrade Goñi, sin perjuicio de los derechos de la cónyuge supérstite María Eleonora Goñi por su porción conyugal;

   IV) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 81.512, de 17 de febrero de 2004, se autorizó la transferencia de la titularidad del usufructo de la emisora, de la Sra. María Isabel Irazábal Esperben, a favor de sus hijos legítimos Jorge Antonio, Marcelo José, Gustavo Enrique y María Magdalena Estrade Irazábal;

   V) que con fecha 7 de marzo de 2014 fallece intestado el Sr. Marcelo José Estrade Irazábal, siendo declarados únicos y universales herederos del causante sus hermanos Gustavo Enrique y María Magdalena Estrade Irazábal y sus sobrinos María Valentina, Joaquín, Lucrecia y Facundo Estrade Goñi, en representación de su prefallecido padre Jorge Antonio Estrade Irazábal, sin perjuicio de la cesión de derechos hereditarios efectuada, según surge del Certificado de Resulltancias de Autos de 17 de setiembre de 2015, expedido por el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Segundo Turno de Flores;

   VI) que por Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (URSEC) N° 656/008, de 10 de diciembre de 2008, se autorizó provisionalmente al Sr. Gustavo Enrique Estrade Irazábal como responsable del funcionamiento de la emisora;

   VII) que por acuerdo transaccional de 6 de setiembre de 2011, se le adjudicó en pago de su porción conyugal a la señora Eleonora Goñi Couto, una cuota parte de un padrón inmueble, habiendo satisfecho su derecho como cónyuge porcionera en la sucesión de Jorge Estrade Irazábal, ello, según certificado notarial de 12 de noviembre de 2019, que obra en los autos caratulados "Estrade Goñi, María Valentina y otros C/ Estrade Irazábal, Gustavo y otro. Partición judicial" IUE 254-165/2010, tramitado en el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Segundo Turno de Flores;

   VIII) que el 20 de noviembre de 2014, Joaquín, María Valentina, Lucrecia y Facundo Estrade Goñi ceden por título compraventa y modo tradición a Gustavo Enrique y María Magdalena Estrade Irazábal, por partes iguales, todos los derechos hereditarios que les corresponden en las sucesiones de María Isabel Irazábal Esperben, Jorge Antonio Estrade Irazábal y Marcelo José Estrade Irazábal, en su calidad de herederos de los dos primeros y presuntos herederos del último causante nombrado;

   IX) que el 18 de junio de 2016, comparecen Gustavo Enrique y María Magdalena Estrade Irazábal solicitando autorización para transferir la titularidad de la emisora a favor de Pablo Guillermo Goya Chulepin;

   CONSIDERANDO: I) que se ha acreditado debidamente el cumplimiento de los requisitos exigidos por los artículos 104 y 105 de la Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, norma vigente en el inicio y trámite de la presente solicitud y los artículos 11 y 12 de la Ley N° 20.383, de 16 de octubre de 2024;

   II) que han informado favorablemente a lo solicitado la URSEC, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual (DINATEL) y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

   ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, sus modificativas y concordantes, la entonces vigente Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, la Ley N° 20.383, de 16 de octubre de 2024, y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase la transferencia de titularidad de la emisora CX 156 Difusora Americana, que opera en la frecuencia 1560 KHz de la ciudad de Trinidad, departamento de Flores, en favor de Pablo Guillermo Goya Chulepin.

   CAROLINA COSSE - FERNANDA CARDONA
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