TRANSFORMACION SOCIAL DE LA EMPRESA UNIPERSONAL PABLO FELIX NOSSAR LAFLUF EN EMPRESA NOSSAR S.R.L.




Promulgación: 09/05/2016
Publicación: 18/05/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: estos antecedentes relacionados con la solicitud de autorización de transformación de la razón social de la empresa nacional unipersonal PABLO FELIX NOSSAR LAFLUF, la cual pasó a denominarse EMPRESA NOSSAR S.R.L. y a la solicitud de reasignación de las líneas de transporte regular nacional e internacional de pasajeros por carretera de las cuales era concesionaria o permisaria la firma transformada. 

   RESULTANDO: I) Que la empresa PABLO FELIX NOSSAR LAFLUF era concesionaria de las líneas interdepartamentales Colonia-Durazno, Montevideo-Durazno, Montevideo-Paso de los Toros y permisaria de la línea internacional regular Rivera (R.O.U.)-Buenos Aires (R.A.). 

   II) Que la firma EMPRESA NOSSAR S.R.L. ha presentado toda la documentación solicitada, hallándose en condiciones reglamentarias para ser titular de la explotación de las mencionadas líneas. 

   III) Que solicita la autorización del Poder Ejecutivo para dicha transformación social. 

   IV) Que por la referida transformación solicita la autorización del Poder Ejecutivo para continuar con la explotación de las líneas oportunamente adjudicadas a PABLO FELIX NOSSAR LAFLUF. 

   V) Que el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, ha practicado la intervención que le compete, sin formular observaciones al respecto. 

   CONSIDERANDO: necesario dotar de continuidad a los servicios de transporte de pasajeros asociados a las líneas regulares de referencia. 

   ATENTO: a lo preceptuado por el Decreto N° 285/006 del 22 de agosto de 2006 y por el Decreto N° 218/009 del 11 de mayo de 2009. 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

                                RESUELVE:

1

   Autorízase la transformación de la empresa unipersonal PABLO FELIX NOSSAR LAFLUF en EMPRESA NOSSAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de acuerdo a lo expresado en el resultando I de la presente. 

2

   Autorízase a EMPRESA NOSSAR S.R.L. la explotación con carácter precario de las siguientes líneas interdepartamentales de transporte regular de pasajeros:
   a) De media distancia Colonia-Durazno y viceversa con un recorrido de 200 kilómetros por Rutas 14, 57, 2 y 1. 
   b) De media distancia Montevideo-Durazno y viceversa con un recorrido de 185 kilómetros por Ruta 5. 
   c) De larga distancia Montevideo-Paso de los Toros y viceversa con un recorrido de 250 kilómetros por Ruta 5. 

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 4.

3

   Autorízase a la citada empresa la explotación del servicio internacional regular de transporte de pasajeros por carretera Rivera (R.O.U.)- Buenos Aires (R.A.) y viceversa. 

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 5.

4

   Los servicios señalados en el numeral 2° de la presente Resolución quedarán sometidos a las disposiciones vigentes sobre transporte nacional de pasajeros por carretera, debiendo tener sus horarios y frecuencias la previa autorización de la Dirección Nacional de Transporte. Las correspondientes tarifas deberán ser aprobadas por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (Dec. N° 218/009 de 11 de mayo de 2009). 

5

   Los servicios internacionales referidos en el numeral 3° de la presente Resolución quedarán sometidos a las disposiciones vigentes o que se dicten en el futuro sobre transporte internacional de pasajeros por carretera y sus horarios y frecuencias deberán contar con la autorización previa de la Dirección Nacional de Transporte. 

6

   Vuelva a la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a sus efectos.

TABARÉ VÁZQUEZ - VÍCTOR ROSSI
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