APROBACION DEL ACUERDO DE COOPERACION MUTUA ENTRE URUGUAY Y ARGENTINA PARA EL CONTROL DEL TRANSITO DE AERONAVES PRESUNTAMENTE COMPROMETIDAS EN ACTIVIDADES ILICITAS TRANSNACIONALES




Promulgación: 11/05/2011
Publicación: 25/05/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 920
VISTO: la gestión promovida por el Ministerio de Defensa Nacional
tendiente a la suscripción de un Acuerdo de Cooperación mutua para el
control del tránsito de aeronaves presuntamente comprometidas en
actividades ilícitas transnacionales a celebrarse entre la República
Argentina y la República Oriental del Uruguay.

RESULTANDO: I) que el Acuerdo referido tiene por objeto el compromiso de
las Partes de emplear esfuerzos conjuntos para desalentar el tránsito de
aeronaves irregulares que realicen vuelos transnacionales, que se
desplacen o realicen maniobras en los respectivos espacios aéreos
nacionales.

II) que las actividades que se deriven del citado Acuerdo serán
desarrolladas de conformidad con las Leyes y Reglamentos en vigor en cada
uno de los respectivos Países.

CONSIDERANDO: que resulta beneficioso a los intereses de la República
Oriental del Uruguay la suscripción de referencia.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Director de
Asuntos Internacionales, Cooperación y Derecho Internacional Humanitario,
por el Departamento Jurídico-Notarial, Sección Notarial del Ministerio de
Defensa Nacional y a lo dispuesto por el numeral 7) del artículo 85 de la
Constitución de la República, por el artículo 145 de la Ley 15.851 de 24
de diciembre de 1986 y por el apartado I) del literal a) del inciso B) del
numeral 1ro. de la Resolución del Poder Ejecutivo de 5 de octubre de 2005
(número interno 83.116).

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase la suscripción del Acuerdo de Cooperación mutua a celebrarse
entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay, para el
control del tránsito de aeronaves presuntamente comprometidas en
actividades ilícitas transnacionales en los términos que lucen de fojas 14
a 17 del expediente administrativo del Ministerio de Defensa Nacional
2011.01696-3 que se considera parte integrante de la presente Resolución.
 (*)

(*)Notas:
Ver vigencia: Resolución Nº 617/011 de 08/12/2011 numeral 1.
Ver: Texto de la Norma Internacional.

2

 Remítase copia de la presente Resolución al Comando General de la Fuerza
Aérea y a la Embajada de la República Argentina en nuestro País.

3

 Una vez suscrito el Acuerdo pase al Director de Asuntos Internacionales,
Cooperación y Derecho Internacional Humanitario para continuar con su
tramitación y remisión al Ministerio de Relaciones Exteriores a fin de
proceder con lo establecido en el numeral 7) del artículo 85 de la
Constitución de la República para su aprobación por la Asamblea General.

4

 Comuníquese, publíquese y pase al Departamento Jurídico-Notarial, Sección
Notarial del Ministerio de Defensa Nacional para su registro. Cumplido,
archívese.

JOSÉ MUJICA - LUIS ROSADILLA - LUIS ALMAGRO
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