AUMENTO DE POTENCIA DE RADIODIFUSION. FM 104.3 MHZ. CANELONES




Promulgación: 17/03/1998
Publicación: 26/03/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 454
    VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional
de Comunicaciones da cuenta de la solicitud formulada por el señor Luis
Alberto Martínez Martínez.-

    RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo 1085/994 de 22
de setiembre de 1994, se autorizó al señor Luis Alberto Martínez Martínez,
el uso de la frecuencia 104.3 Mhz, canal 282, en la localidad de
Atlántida, departamento de Canelones, operando  con una potencia efectiva
radiada (PER) de 10 Kilovatios y una altura media de antena (HMA) de 75
metros.-

    II) que el precitado interesado solicita se autorice el cambio de
frecuencia y aumento de potencia para operar la emisora cuyo traslado de
planta fue autorizado por Resolución del Poder Ejecutivo 73.625 de 21 de
marzo de 1995 al Cerro Pan de Azúcar, departamento de Maldonado.-

    CONSIDERANDO: I) que el traslado mencionado anteriormente fue
coordinado de conformidad con el Acuerdo Cuatripartito de FM, con una
potencia efectiva radiada de 1 (un) Kilovatio y 395 metros de altura
media de antena (HMA), lo que significa un área de servicio mayor a la
autorizada originalmente.-

    II) que dadas las condiciones actuales de la emisora, que aún no se
encuentra operativa, y a los efectos de una mejor optimización en el uso
del espectro radioeléctrico nacional, es conveniente que las emisoras del
servicio de radiodifusión utilicen las mayores potencias posibles, por lo
que corresponde acceder a lo solicitado.-

    ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones y a lo informado por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional, y a lo establecido en el artículo 4to. del
Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la redacción dada por el
artículo 9no. de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991, y artículo 17
del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978.-

                         EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                  Resuelve:

1

Autorízase al señor Luis Alberto Martínez Martínez, permisionario de
la frecuencia FM 104.3 Mhz, canal 282, a operar su estación en la
frecuencia FM 102.5 Mhz. canal 273, y aumentar la potencia a 20 Kilovatios
PER con una altura  media de antena (HMA) de 100 metros.-
Referencias al numeral

2

El permisionario deberá cumplir con las condiciones técnico-
administrativas establecidas por la Dirección Nacional de Comunicaciones,
no suponiendo ésto cambio alguno en su carácter de precario y revocable.-
Referencias al numeral

3

Establécese que si en la práctica la estación produjera interferencias
perjudiciales a otros servicios radioeléctricos ya instalados, el
interesado deberá cesar de inmediato las transmisiones y tomar las medidas
necesarias para su eliminación.-
Referencias al numeral

4

Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.-

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA
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