APROBACION DEL CONVENIO DE COOPERACION DE INTERCAMBIO DE INFORMACION REGULAR DE BUQUES PESQUEROS COMPRENDIDOS EN EL TRATADO DEL RIO DE LA PLATA Y SU FRENTE MARITIMO




Promulgación: 11/05/2011
Publicación: 25/05/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 914
VISTO: las gestiones promovidas por el Ministerio de Defensa Nacional para
la suscripción de un Convenio de Cooperación a celebrarse con el
Ministerio de Seguridad - Prefectura Naval Argentina - Servicio de Tráfico
Marítimo de la República Argentina y para dejar sin efecto la Resolución
del Poder Ejecutivo de 29 de setiembre de 2010 (número interno 88.395).

RESULTANDO: I) que por la referida Resolución se autorizó la suscripción
de un Convenio de Cooperación que tiene como objeto el intercambio regular
de información de datos satelitales respecto al posicionamiento de buques
pesqueros, en el marco del Tratado del Río de la Plata y su Frente
Marítimo suscrito por la República Argentina y nuestro País el 19 de
noviembre de 1973.

II) que el texto propuesto oportunamente no ha sido suscrito, por lo que
las Partes entienden pertinentes realizar modificaciones al mismo.

CONSIDERANDO: que resulta beneficioso a los intereses de la República
Oriental del Uruguay la celebración del Convenio de referencia, ya que
permitirá asegurar el cumplimiento de las medidas de conservación
dispuestas para el control del Frente Marítimo y la seguridad de los
buques.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Director de
Asuntos Internacionales, Cooperación y Derecho Internacional Humanitario,
por el Departamento Jurídico-Notarial, Sección Notarial del Ministerio de
Defensa Nacional y a lo dispuesto por el numeral 7) del artículo 85 de la
Constitución de la República, por el artículo 145 de la Ley 15.851 de 24
de diciembre de 1986 y por el apartado I) del literal a) del inciso B) del
numeral 1ro. de la Resolución del Poder Ejecutivo de 5 de octubre de 2005
(número interno 83.116).

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Déjase sin efecto la Resolución del Poder Ejecutivo de 29 de setiembre de
2010 (número interno 88.395).

JOSÉ MUJICA - LUIS ROSADILLA - LUIS ALMAGRO
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