MEDIOS DE COMUNICACION - AUTORIZACION A ANTEL PARA LA INSTALACION DE ENLACES DE RADIO DE VHF y UHF. TACUAREMBO. RIVERA. CANELONES. COLONIA. RIO NEGRO. MONTEVIDEO
Dichos mástiles deben cumplir con lo establecido en la ley
14.305 (Código Aeronáutico) Capítulo III, Artículo 75. Los mismos deben
ser balizados con las exigencias establecidas en los artículos 21, 22 y
concordantes en la Reglamentación aprobada por el decreto 1.375 del 5 de
febrero de 1942 y en el anexo 14 "Aeródromos" del Convenio sobre Aviación
Civil Internacional, séptima edición junio 1976, aprobada por decreto
296/977, de 12 de julio de 1977.