MODIFICACION DE LA RESOLUCION RELATIVA A LA ABSORCION DE SOCIEDAD MUTUALISTA OBRERA DE JUAN LACAZE POR CIRCULO CATOLICO DE OBREROS DEL URUGUAY
MUTUALISTA
VISTO: la Resolución Ministerial No. 389/007 dictada en ejercicio de las
atribuciones delegadas, de 3 de octubre de 2007;
RESULTANDO: que por la referida Resolución el Ministerio de Salud Pública
establece que no se opone a la absorción de la "Sociedad Mutualista
Obrera de Juan Lacaze" por el "Círculo Católico de Obreros Mutualista";
CONSIDERANDO: I) que por nota de 10 de octubre de 2007, el Departamento
Notarial de esta Secretaría de Estado expresa que se padeció error en la
denominación de la entidad absorbente, por lo que, donde dice: "Círculo
Católico de Obreros Mutualista", debe decir "Círculo Católico de Obreros
del Uruguay Mutualista";
II) que de acuerdo a lo expuesto corresponde ajustar el texto de la
misma;
ATENTO: a lo dispuesto en el Texto Ordenado de Delegación de Atribuciones
del Poder Ejecutivo, resolución Nº 13/993 de 12 de enero de 1993, Título
I;
EL MINISTRO DE SALUD PUBLICA
en ejercicio de las atribuciones delegadas
RESUELVE:
1
Establécese que en la Resolución Ministerial Nº 389/007 dictada en
ejercicio de las atribuciones delegadas de 3 de octubre de 2007, donde
dice: "Círculo Católico de Obreros Mutualista", debe decir "Círculo
Católico de Obreros del Uruguay Mutualista".