APLICACION DE MULTA A LA INSTALACION DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. BERSABEL S.A.




Promulgación: 20/02/2001
Publicación: 01/03/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 304
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de 
Comunicaciones, da cuenta de la gestión realizada por BERSABEL S.A., para 
que se autorice la transferencia de la titularidad de sus acciones.-

RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 117/994 de 11 de 
febrero de 1994 se autorizó a dicha sociedad a suministrar el servicio de 
televisión para abonados por el sistema UHF, en la ciudad de 
Montevideo.-

II) que la sociedad permisionaria, estaba integrada en el momento de la 
adjudicación por los señores Néber Araújo Felitto, Juan Martín Posadas 
Montero, José Pedro Traibel Oribe, Marcelo Gigena De los Santos, Gastón 
Luis Laffitte Zubillaga, Juan Carlos Montero de la Bandera, José María 
Traibel Ramírez, Mario Bucheli Ibarra, Ana María Olivera Aldunate, Sergio 
Gabriel Basaistegui Matas, Hugo Luis Goicoechea Alemañy, Juan Antonio 
Llopart Herrera, Fernando Torrado Parra y Miguel Angel Fernández 
Bouzada.-

III) que la empresa permisionaria, ha realizado determinadas 
modificaciones en la titularidad del permiso otorgado por el Poder 
Ejecutivo, durante el período de prohibición de 5 años, establecido por 
el literal c) del artículo 19no. del Decreto 349/990 de 7 de agosto de 
1990; transgresión que amerita la aplicación de las sanciones dispuestas 
en el Decreto-Ley 14.670 de 23 de junio de 1977.-

CONSIDERANDO: I) lo dispuesto por el numeral 3) del artículo 3ro., y por 
el numeral 2) del artículo 4to. del Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre 
de 1984, en la redacción sustitutiva dada por los artículos 8vo. y 9no. 
de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991.-

II) que los titulares de las cuotas sociales señores Jorge Pippo Katzbach 
y Alex Pereyra Formoso han cumplido, según consta en autos, con los 
requisitos y exigencias personales que establecen los Decretos 349/990 de 
7 de agosto de 1990 y 125/993 de 12 de marzo de 1993.-

III) que se ha acreditado en obrados, mediante certificado notarial, la 
cesión de acciones, dándose cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto 
586/990 de 18 de diciembre de 1990.-

IV) que ha transcurrido el plazo reglamentario de cinco años, que 
establece el artículo 19no. del Decreto 349/990 citado, para que se pueda 
hacer modificaciones en la titularidad de las autorizaciones del servicio 
de televisión para abonados.-

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los 
Decretos-Leyes 15.671 de 8 de noviembre de 1984 en la redacción dada por 
la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991, 14.670 de 23 de junio de 1977, 
Decretos 349/990 de 7 de agosto de 1990, 125/993 de 12 de marzo de 1993, 
586/990 de 18 de diciembre de 1990 y a lo informado por la Dirección 
Nacional de Comunicaciones y por la Asesoría Letrada del Ministerio de 
Defensa Nacional.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Aplícase a la empresa BERSABEL S.A., permisionaria del servicio de 
televisión para abonados en el departamento de Montevideo, una multa de 
150 U.R. (ciento cincuenta unidades reajustables), por realizar cambios 
en la integración de la sociedad titular de dicho permiso, en el plazo de 
prohibición sin la debida autorización del Poder Ejecutivo.-

2

 Autorízase la transferencia de la totalidad de las acciones de BERSABEL 
S.A. a los señores Jorge Pippo Katzbach y Alex Pereyra Formoso, quedando 
los mismos, como únicos integrantes de la sociedad.-
Referencias al numeral

3

 Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Comunicaciones 
a sus efectos. Cumplido, archívese.-

BATLLE - LUIS BREZZO


Ayuda