DECLARACION DE INTERES NACIONAL EL PROYECTO DE INVERSION DE DYMAC SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 03/11/1978
Publicación: 24/11/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 966
Visto: la solicitud de la firma Dymac S.A., tendiente a obtener al amparo
de la ley 14.178 de Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974, la
declaración de Interés Nacional para la actividad que se propone realizar
según su proyecto de inversión y la concesión de diversos beneficios
promocionales.

Resultando: I) El proyecto presentado se refiere a la compra de maquinaria
y equipo, así como un nuevo edificio, con el propósito de ampliar la
producción con destino a la exportación;
II) La Unidad Asesora de Promoción Industrial resolvió propiciar la
declaración de Interés Nacional para la actividad del proyecto de
inversión presentado por Dymac S.A. y propone medidas promocionales.

Considerando: de los asesoramientos recabados surge que procede acceder a
lo solicitado por la firma Dymac S.A., por cuanto el proyecto es viable
técnica, financiera y económicamente y encuadra dentro del Plan Nacional
de Desarrollo en cuanto amplía la producción con destino a la exportación
de prendas de vestir en cuero y lana, dirigidas principalmente al mercado
norteamericano en el que ya participa activamente desde hace varios años.

Atento: a lo expuesto, lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial y lo establecido por la ley 14.178 de Promoción Industrial del
28 de marzo de 1974,

El Presidente de la República

                                 RESUELVE:

1

   Declárase de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión
presentado por Dymac S.A., para la compra de maquinarias, equipos y un
edificio industrial destinados a aumentar la producción de prendas de
vestir en cuero y lana para exportación.

2

   Exonérase en forma total a la empresa Dymac S.A. de recargos incluso el
mínimo, derechos y tasas consulares, proventos y tasas portuarias,
Impuesto Aduanero Unico a la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y
en general, todo tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la
importación del equipamiento previsto en el proyecto (Anexo Nº1). 

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Resolución Nº 2.257/978 
de 03/11/1978.

3

  Exonérase el Impuesto Unico a la Actividad Bancaria y el adicional
(Texto Ordenado-1976, título 23, artículos 1º y 2º) que graven las
operaciones de crédito y garantías previstas para la ejecución del
proyecto por el lapso de 7 años a partir de la presente resolución.

4

  Exonérase a Dymac S.A. de los tributos que recaigan sobre la
constitución y registro de garantías reales y personales previstas para la
ejecución del proyecto por el lapso de 7 años a partir de la presente
resolución.

5

    Exonérase de todo tributo la ampliación de capital e inscripción
respectiva, de la sociedad anónima Dymac S.A. y la emisión de acciones en
el monto necesario para la ejecución del proyecto dentro de un plazo de 3
años a partir de la presente resolución.

6

  A los efectos del control y seguimiento, la empresa Dymac S.A. deberá
documentar ante el Ministerio de Industria y Energía anualmente durante
los años 1 a 7 de la puesta en marcha del proyecto los volúmenes físicos y
en valores monetarios producidos y los exportados, sin perjuicio de toda
otra información que le sea requerida.

7

   A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales
dispuestos precedentemente, el Ministerio de Industria y Energía, previo
informe de la Unidad Asesora, certificará a los organismos competentes la
pertinencia de los mismos, de acuerdo con su adecuación al proyecto
declarado de Interés Nacional.

8

   Comuníquese, etc..

APARICIO MENDEZ - LUIS H. MEYER - ADOLFO FOLLE MARTINEZ - VALENTIN ARISMENDI - EDUARDO J. SAMPSON - FERNANDO BAYARDO BENGOA
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